Ley contra corrupción pasa a congresos locales

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Ciudad de México, (22 de abril de 2015).- El pleno del Senado aprobó ayer en lo general y particular la creación del Sistema Nacional Anticorrupción que permitirá a la Federación y a los estados entrar a las entrañas del Poder Judicial para revisar el uso del erario federal y estatal, así como a la manera en que los gobernadores utilizan el dinero de la distribución federalizada de impuestos.

Las autoridades podrán ordenar la suspensión de actividades, disolución o intervención de la sociedad de una empresa o empresas que incurran en actos de corrupción.

En medio de señalamientos del Partido Acción Nacional y Partido de la Revolución Democrática de que se trata de una reforma insuficiente, el Senado avaló en lo general con 97 votos en favor, seis en contra y dos abstenciones esta reforma para que México cuente con un sistema que detecte, investigue y castigue los actos de corrupción de los servidores públicos, las empresas y los particulares en lo individual.

La reforma constitucional, luego de que el Senado de la República rechazó 13 reservas, saldrá a su recorrido a los congresos estatales, a fin de que se ratifique por el Constituyente Permanente.

Este cambio aplica la extinción de dominio para el caso de los bienes adquiridos por enriquecimiento ilícito; faculta al Poder Legislativo a nombrar a los titulares de los Órganos Internos de Control que tendrá la administración pública; fortalece a la Secretaría de la Función Pública, transforma al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa en la máxima autoridad en materia de justicia a servidores públicos y otorga a la Auditoría Superior de la Federación facultades que refuerzan su trabajo.

Define que “el Sistema Nacional Anticorrupción es la instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos”.

“Las sanciones, precisa, consistirán en amonestación, suspensión, destitución e inhabilitación, así como en sanciones económicas, y deberán establecerse de acuerdo con los beneficios económicos que, en su caso, haya obtenido el responsable y con los daños y perjuicios patrimoniales causados por los actos u omisiones”.

Más atribuciones

Añade que las faltas administrativas graves serán investigadas y substanciadas por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y los órganos internos de control.

Para la investigación, substanciación y sanción de las responsabilidades administrativas de los miembros del Poder Judicial de la Federación, se observará lo previsto en el artículo 94 de la Constitución, que señala que “se regirán por lo que dispongan las leyes, de conformidad con las bases de la Constitución”.

Y aclara que no se alteran “las atribuciones de la Auditoría Superior de la Federación en materia de fiscalización sobre el manejo, la custodia y aplicación de recursos públicos”.

Dispone que los tribunales de justicia administrativa impondrá a los particulares que intervengan en actos vinculados con faltas administrativas graves, con independencia de otro tipo de responsabilidades, las sanciones económicas; inhabilitación para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, así como el resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados a la Hacienda Públicas o a los entes públicos federales, locales o municipales.

Obliga a los servidores públicos a presentar, bajo protesta de decir verdad, su declaración patrimonial y de intereses ante las autoridades competentes y en los términos que determine la ley.

ASPECTOS FUNDAMENTALES

El pleno del Senado aprobó y turnó a los Congresos estatales la reforma constitucional que crea el Sistema Nacional Anticorrupción, el cual busca prevenir, investigar y sancionar los hechos de corrupción.

El voto en el pleno

En la sesión ordinaria se aprobó por 97 votos a favor, ocho en contra y dos abstenciones las reformas a los artículos 22, 28, 41, 73, 74, 76, 79, 104, 108, 109, 113, 114, 116 y 122 de la Constitución. Sin cambios respecto a lo aprobado por la Cámara de Diputados, se establece que dicho sistema será una instancia autónoma, de coordinación entre autoridades de todos los órdenes de gobierno, para la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y el control de recursos públicos.

LOGROS

  • Facultades

Las modificaciones otorgan mayores facultades a la Auditoría Superior de la Federación, al eliminarse el principio de anualidad; es decir, podrá auditar en tiempo real fondos y fideicomisos, no sólo públicos sino también privados, que manejen recursos federales, y se crea la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción.

  • Patrimonio

En materia de declaración patrimonial y de conflictos de intereses, los servidores públicos estarán obligados a presentar, bajo protesta de decir verdad, su declaración patrimonial. También estarán obligados a presentar sus declaraciones de intereses, que serán una herramienta para prevenir el tráfico de influencias y el enriquecimiento ilícito de funcionarios y familiares.

  • Extinción de dominio

La reforma propone el procedimiento de extinción de dominio en casos de enriquecimiento ilícito. Para la prescripción de sanciones administrativas graves, se aprueba ampliar el plazo a siete años por las faltas administrativas graves que prevé la legislación secundaria. Establece que se impondrán sanciones a los particulares vinculados con actos de corrupción.

  • Novedades

Con los cambios se crea el Sistema Nacional Anticorrupción, instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos.

ONG proponen que se instaure en el país un “anticorruptómetro”

Al asumir que la corrupción en México desvía inversiones directas millonarias, afecta la productividad del país y genera una pérdida de al menos 2% en el crecimiento del PIB, cinco organizaciones de la sociedad civil exigieron que el Sistema Nacional Anticorrupción sea aprobado e implementado cuanto antes en los Congresos locales.

Para ese efecto, presentaron la herramienta ciudadana “anticorruptómetro”, que busca medir el tiempo que cada Congreso local tarde en aprobar dicho Sistema, una vez avalado por el Senado.

Viridiana Ríos, directora del observatorio económico México ¿cómo vamos?, explicó que la primera fase del “anticorruptómetro” comenzó con el proceso de aprobación del SNA en el Congreso de la Unión.

 “El segundo cronómetro es a escala estatal, como saben, una vez que se apruebe el Sistema Nacional Anticorrupción el siguiente paso legal es que se apruebe al menos 50% más uno de los Congresos estatales, así que le va a tocar a los estados hacer su chamba”, dijo en conferencia de prensa.

En una mesa de discusión moderada por María Amparo Casar, profesora e investigadora del CIDE, Viridiana Ríos indicó que el cronómetro de entidades contabilizará específicamente los días, los minutos, las horas y los segundos que cada uno de los estados demore en aprobar la reforma.

De forma gráfica, un mapa mostrará “en rojo” a todas las entidades que no han aprobado el Sistema; en amarillo en donde se está en progreso y discusión, y en verde a los que ya lo han implementado.

El anticorruptómetro tiene además una lista detallada con nombres y apellidos de los responsables en adoptar esta medida, tanto del Congreso estatal hasta la identidad de cada gobernador, con el afán de “ejercer presión desde la sociedad civil”.

Para dimensionar el problema de corrupción, el director adjunto del Instituto Mexicano de la Competitividad, Manuel Molano, advirtió de efectos a nivel internacional.

Fuente: Excélsior

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