Lo jurídico, lo moral y lo ético

Óscar G. Chávez

Hace dos días este diario digital publicó la investigación José Mario de la Garza, el asesor prime del Ayuntamiento de SLPen ella, el periodista Carlos Rubio –con el respaldado probatorio debido– da a conocer dos contratos de asesoría profesional y especializada, sostenidos entre el referido abogado y el Ayuntamiento de la capital.

Fue mi rechazo permanente a los anglicismos lo que me hizo reparar en el título; para muchos el uso de pochismos es cosa común, corriente, y su empleo cotidiano no representa mayor problema, pero el entrecomillado de la palabra me hizo considerar el énfasis que se buscaba darle. “Prime”, dicen el traductor electrónico y los diccionarios es lo principal, de primera [calidad], excelente, importante, fundamental; algo así como “VIP” pero más sofisticado. Categoría ante todo.

Sale sobrando abundar en el contenido, para acceder a él basta acceder al vínculo electrónico mencionado casi al inicio del texto, no obstante, vale la pena reflexionar en algunos detalles menores que por pura lógica se pueden desprender de éste, ya que con todo y el intento de la autoridad municipal y (socarronamente) la estatal, de matizar contenido y problemática, puede dar para mucho en la percepción, valoración e interpretación de lo moralmente permitido.

Las contrataciones de especialistas para que se desempeñen como asesores de diversas dependencias públicas no es cosa sorprendente, por el contrario es común y recurrente. Consideremos que en ocasiones la gran cantidad de asuntos que se llevan en estas instancias, complican dictaminar sobre todos ellos. No es lo mismo recurrir al, por muy brillante que sea, médico general que ha visto a nuestra familia por décadas y hasta generaciones, que ir al alergólogo, gastroenterólogo, ortopedista, neurólogo, dermatólogo, proctólogo, ginecólogo, pediatra, oncólogo, geriatra y todo cuanto se nos ocurra.

Sin embargo, y lo recalca la nota, el Ayuntamiento cuenta con una área llamada jurídica que se ocupa de la representación jurídica y de llevar los temas que sobre la materia requiera el cuerpo edilicio. De ahí podríamos pensar que los síndicos, invitados normalmente por el alcalde, son verdaderos especialistas en diversas áreas del derecho, y si no lo son, es válido suponer que el alcalde no tendría por qué invitarlos a colaborar.

Digo, no creo que si el alcalde tuviera que tratarse un problema de obesidad y buscara una solución gástrica, recurriera a cualquier lavativero. Hay que cuidar salud y centavitos.

Bajo esos parámetros, y recordando ciertos descalabros recientes, podemos suponer que los titulares de la sindicatura y su cuerpo de asesores (porque tienen un cuerpo de asesores) entonces son medio inexpertos. De ahí la necesidad de recurrir a un asesor plus foráneo, contratado para lograr que con sus opiniones el ayuntamiento triunfe en todos sus problemas.

Pero el problema es que con todo y lo que cobra el asesor, no ha resultado muy brillante que digamos la asesoría proporcionada al ayuntamiento, y si en esos casos de recientes raspones no ha participado, pues entonces para qué lo contrataron.

Atención, no estoy diciendo que el abogado contratado sea malo, por el contrario considero que (con todo y que sea un farolón que le gusta aparecer en portadas y en cuanto acto sea necesario para asumir total protagonismo) es un buen abogado (bueno, fue porque ya no ejerce) y con una muy amplia cultura jurídica, cualidad que debe valorarse en toda la extensión de lo que implique. Estos ya no abundan.  

Sin embargo, actualmente el abogado se desempeña como Corredor público (el número tres, en San Luis Potosí), de tal suerte que estamos frente a un experto en materia mercantil con facultades para otorgar la fe pública; aparte, se sabe por su propia trayectoria que es un especialista en derecho corporativo y materia patrimonial.  

Esto, por supuesto que hace pensar, aunque sea todo lo contrario, que se le solicita asesoría constante a una persona sin experiencia para los múltiples apartados que se señalan en el contrato dado a conocer en la investigación en cuestión. Porque, finalmente, los ciudadanos de cédula cuarta como yo, y que no sabemos nada de Derecho, percibimos una total asincronía entre éste y aquellos (me refiero a los síndicos); porque también pudiera ser que su intensa vida social no le deje tiempo para dedicarse a la encomienda.

Es esto tema central. Lo que debe de preocupar al Ayuntamiento es la condena social, ya que resulta reprochable la cantidad destinada a cubrir los honorarios profesionales de un solo asesor que no da resultados o al menos los que ha dado hasta ahora son mediocres (tanto que los pobres síndicos (que no hablen por favor) no dan pie con bola cada que hacen alguna declaración) bien podrían haberse utilizado para contratar y cubrir los honorarios de un grupo de asesores más nutridos.

Por otro lado hay que preguntarse si estos contratos deben licitarse y cuál debe ser el principal perfil de un asesor, yo –por ejemplo– pensaría en que, aunque no lo fuera, debe ser el de un servidor público, y éste no piensa como tal; sus actividades e intereses, de nueva cuenta, lo hacen ver como un empresario de cualquier materia jurídica de la que sea posible extraer dinero. Aquí tampoco debemos pasar por alto que es uno de los abogados que representa a grupos empresariales que tienen intereses en beneficiarse del Ayuntamiento.

No creo que haya pasado, ni creo que llegue a pasar, pero supongamos que alguna sentencia beneficia a un grupo de fraccionador y constructores, representados por el licenciado De la Garza en contra del Ayuntamiento. Curiosa la incongruencia de un personaje que ha pugnado desde las barras de  abogados por la colegiación, que entre otras cosas busca evitar el conflicto de intereses.      

El asunto, es obvio, va más allá de la experiencia, son deudas arrastradas desde la campaña electoral entre  el alcalde y el abogado, de ésas que no son necesariamente de centavos. ¿Quiénes están atrás del abogado o qué alianzas representa?

Viene al caso, como ejemplo, el también reciente asunto de la ministra plagiaria. Ninguna legislación universitaria o federal penaliza o siquiera contempla la sanción a grados académicos obtenidos mediante el plagio académico; por lo demás el título profesional ya está dado, lleva años ejerciendo su profesión y (suponemos) debe tener una experiencia considerable. Nada la obliga a renunciar, y es fácil suponer que allí se mantendrá), no hay delito perseguible y el único debate –en tanto las legislaciones se mantengan permisivas en estos aspectos– será de tipo ético. Por cierto, tampoco nos rasguemos las vestiduras fariseicamente por ser ésta una apóstol del humanismo lopezobradorista, tuvimos un presidente que también fue un plagiario y, al menos que yo sepa, nadie le retiró el título de abogado. Y bueno, no olvidemos a algunos diputados locales.                      

En resumen: más que sobre lo legal el asunto va entre lo moral y lo ético, y como a ninguno (alcalde y abogado “prime”) les interesan estos apartados, las cosas se quedan como están: honorarios elevados, dinero público y lo que sigue.

 

Las opiniones aquí expresadas son responsabilidad del autor y no necesariamente representan la postura de Astrolabio. 

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