Medios implicados en promoción de Gallardo, sancionados con 600 y 250 UMA´s

Eduardo Delgado

Multas por montos de 52 mil 128 y 21 mil 720 pesos, deberán pagar “Multimedios Radio” y la televisora “Comunicación 2000”, implicados en la transmisión de los promocionales por los que la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (SRE-TEPJF), ordenó sancionar al diputado José Ricardo Gallardo Cardona.

Previo a la aprobación de la sentencia, en la sesión virtual celebrada el pasado viernes, la magistrada Gabriela Villafuerte Coello, los magistrados Rubén Jesús Lara Patrón y José Luis Espíndola Morales, expusieron sus respectivos puntos de vista acerca el proyecto de resolución.

Gabriela Villafuerte objetó las cantidades de las infracciones económicas impuestas a los medios, que en Unidades de Medidas de Actualización (UMA´s), -cuyo valor individual es de 86.88 pesos- equivalen a 600 para Multimedios Radio y 250 para Comunicación 2000; la primera operadora de la radiodifusora “La Caliente” y la televisora del canal 7 local.

“A mí me parece que las multas que se proponen en el proyecto, no reflejan la gravedad que, desde mi punto de vista, tiene la infracción”, porque hay “documentos que revelan efectivamente una actividad comercial y en el caso de la televisión se adujo libertad de expresión para difundir cerca de 96 o 98 spots del diputado”, señaló.

“Las multas tendrían que ser para Multimedios Radio (de) 4 mil 500 UMAS, equivalente a 390 mil 960 pesos, y para Comunicación 2000, que en televisión la propia, como se redacta la LEGIPE, pues en televisión la conducta en sí misma, es más grave, de manera que aunque sean menos detecciones, tendría que ser 6 mil unidades de medida y actualización, con un equivalente de 521 mil 280 pesos”, precisó.

Sin embargo, apuntó, “en el proyecto se propone una multa de 600 a Multimedios Radio y en el caso de Comunicación 2000 (de) 250 UMAS; es decir, pues una multa que no llega por las cuentas ni a 100 mil pesos y a mí me parece que los bienes que se trastocaron con esta multiplicidad de conductas, son más de dos”, juzgó.

Avaló la amonestación pública para a la Fundación Nicola Tesla, operadora de Radio Magnética, pero difirió en la individualización de las multas para Multimedios Radio y Comunicación 2000, esta última operadora del canal 7 local.

El pasado viernes, los magistrados de la SRE del TEPJF, cuyas sentencias pueden ser impugnadas para ser resueltas en definitiva en la Sala Superior, determinaron que Gallardo Cardona, legislador federal y aspirante a candidato a gobernador por el Partido Verde Ecologista de México, incurrió en promoción personalizada y por ello le ordenaron a la Contraloría Interna de la Cámara de Diputados imponerle una sanción.

El artículo 134 de la Constitución General de la República, relativo al manejo del dinero público de parte de los servidores públicos, impone que en cualquier modalidad la propaganda difundida por los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social.

“En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público”, especifica. Elementos que los magistrados confirmaron en los promocionales de Gallardo Cardona, relativos  a la implementación de unidades móviles médicas en San Luis Potosí, con motivo de la contingencia sanitaria.

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