Pide Tribunal que Corte atraiga caso por omisión presupuestal al SEA

Por Victoriano Martínez

El Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Noveno Circuito resolvió pedir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que ejerza su facultad de atracción para atender la omisión del gobernador Juan Manuel Carreras López y el Congreso del Estado de asignar presupuesto para el Sistema Estatal Anticorrupción para el ejercicio fiscal 2019.

La resolución, tomada en sesión pública ordinaria del pasado 5 de agosto, fue publicada este lunes en la lista de acuerdos del Tribunal.

“El presente recurso de revisión reúne los requisitos de interés y trascendencia que justifican la solicitud del ejercicio de la facultad de atracción a la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, establecieron los magistrados en la justificación de su solicitud de atracción a la SCJN.

Entre las consideraciones, establecen que los problemas jurídicos planteados, dada su relevancia, novedad o complejidad, requieren de un pronunciamiento del Máximo Tribunal Constitucional del país, “de tal suerte que el criterio que llegara a sustentarse en el asunto atraído repercutirá de manera excepcionalmente importante en la solución de casos futuros”.

“El esquema procesal del caso podría dar lugar a que ese Alto Tribunal revise el cumplimiento de los deberes impuestos por el Poder Constituyente, en una reforma de gran calado, como lo es la introducción de los sistemas locales anticorrupción, que tienen como propósito hacer frente a una problemática que desde hace algún tiempo aqueja a la sociedad mexicana: la corrupción”, añaden.

La resolución corresponde el recurso de revisión 211/2019, interpuesto por Jesús Sierra Acuña, Juan Ramón Infante y Efraín Arriola Ortiz, integrantes del Comité de Participación Ciudadana, el 31 de mayo luego de que el Juzgado Séptimo de Distrito sobreseyó su solicitud de juicio de amparo 22/2019, iniciada el pasado 17 de enero.

Los integrantes del CPC interpusieron el amparo por la omisión de la asignación presupuestal al Sistema Estatal Anticorrupción por considerarla inconstitucional y violatoria de garantías constitucionales.

El amparo también se promovió contra la LXII Legislatura por “la omisión de asignar a suficiencia el presupuesto legal que corresponde y debe otorgar al Sistema Estatal Anticorrupción para su debido funcionamiento legal constitucional, del ejercicio fiscal del año 2019 de Conformidad con el Artículo quinto transitorio de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de San Luis Potosí”.

En la resolución del Primer Tribunal Colegiado menciona que el Congreso del Estado aceptó como ciertos los actos reclamados, en tanto que el Ejecutivo Estatal los negó. En ambos casos, las dos autoridades señaladas como responsables argumentaron la imposibilidad de reparación del daño como causal de sobreseimiento del juicio.

“La reparación constitucional entrañaría obligarla a emitir una redistribución de recursos mediante la realización de un acto legislativo aplicable a todos los gobernados y autoridades cuya actuación tuviera relación con el presupuesto de egresos, y no solo respecto de los quejosos, lo que resultaría apartado del principio de relatividad de las sentencias de amparo”, citan la razón del sobreseimiento.

Los magistrados que resolvieron turnar el caso a la SCJN señalan que de los propios informes del Ejecutivo y del Congreso se desprenden elementos suficientes para tener por comprobada la existencia del acto reclamado y la inconstitucionalidad del mismo, “lo cual no justifica de ninguna manera, la resolución dictada mediante la cual se sobresee el Juicio de Amparo”.

Entre los antecedentes para solicitar a la SCJN la atracción mencionan la solicitud 292/2018 de su similar del Primer Circuito por una queja del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción por el caso de 23 estados que también omitieron asignar presupuesto a sus sistemas locales.

Otro caso de atracción se dio con la solicitud 318/2018, también de la Primera Sala en la Ciudad de México, por las omisiones en congresos estatales para armonizar la legislación de los sistemas anticorrupción.

En ambos casos, la SCJN decidió atraer los recursos. El del Sistema Estatal Anticorrupción de San Luis Potosí podría ser el tercero relacionado con los sistemas anticorrupción que llega a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La resolución fue emitida por los magistrados Dalila Quero Juárez, Jaime Arturo Garzón Orozco y Verónica Arredondo Ramírez, secretaria en funciones de magistrada, integrantes del Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Noveno Circuito del Poder Judicial de la Federación.

Consulte la resolución AQUI

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