Por estas razones rechazaron a González Gordoa como magistrada del TEJA

Carlos Rubio

Desde el pasado 17 de marzo, los legisladores de las comisiones de Gobernación y Justicia rechazaron a Cecilia de los Ángeles González Gordoa como parte de la terna propuesta por el gobernador, Juan Manuel Carreras López, para ocupar el cargo de magistrada numeraria del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa (TEJA). Estos fueron los argumentos emitidos entre el gobernador y los legisladores que concluyeron en el descarte de su perfil:

Según consta en la Gaceta Parlamentaria de la sesión ordinaria del próximo viernes 21 de mayo, el perfil de Cecilia González Gordoa fue desechado, ya que, entre los requisitos para convertirse en magistrada se encuentra: “No haber ocupado el cargo de Secretario de Despacho o su equivalente, Fiscal General del Estado, Diputado local, o Presidente Municipal, en el año inmediato anterior al día de su nombramiento”.

En ese sentido, en la experiencia laboral descrita en su curriculum, González Gordoa suscribe que actualmente ocupa el cargo de Directora General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF).

Los legisladores interpretaron que este cargo es equivalente al de la persona titular de una “Secretaría de Despacho”, ya que, además, fue el gobernador, Juan Manuel Carreras, quien emitió su nombramiento como Directora General del DIF, hecho que fue acreditado por Cecilia González en un documento presentado durante su comparecencia.

Nombramiento de Cecilia Gordoa como Directora General del DIF

Ante esto, las presidentas de la Comisión de Justicia y de Gobernación, Sonia Mendoza Díaz y Beatriz Benavente Rodríguez, respectivamente, enviaron un oficio a Juan Manuel Carreras López, donde le solicitaron enviar una nueva propuesta de profesionista que cumpla con los requisitos previstos por la Ley para convertirse en magistrada numeraria.

Oficio del Legislativo recurriendo al Gobernador una nueva propuesta para la terna.
Oficio del Legislativo recurriendo al Gobernador una nueva propuesta para la terna.

Carreras López respondió a este oficio y en lugar de proponer un nuevo perfil, enumeró las razones por las que ¬–según su perspectiva– Cecilia González Gordoa sí cumple con los requisitos para convertirse en magistrada del TEJA.

En su oficio, el titular del Ejecutivo considera que, las Secretarías equivalentes a una “Secretaría de Despacho” por su relación directa con el Gobernador y al formar parte de la administración centralizada, serían las Secretarías de: Gobierno, Finanzas, Desarrollo Social y Regional, Desarrollo Urbano, Vivienda y Obras Públicas, Comunicaciones y Transportes, Educación, Turismo, Cultura, Salud, entre otras.

Además de la Oficialía Mayor, la Contraloría General del Estado y la Consejería Jurídica del Estado.

En un segundo argumento, Juan Manuel Carreras López menciona que, de acuerdo con el tabulador de sueldos de la Ley de Presupuestos de Egresos del Estado, los servidores públicos de confianza del Poder Ejecutivo que equivalen a un “Secretario de Despacho” se identifican como personal de nivel 19.

Por consiguiente, sostiene que, conforme al tabulador de sueldos, el nivel administrativo de Cecilia de los Ángeles González Gordoa “no es equivalente al de un Secretario de Despacho”.

A continuación, Carreras López argumenta que, el DIF forma parte de la administración pública descentralizada y que la autoridad máxima se encuentra a cargo de una Junta de Gobierno.

En un siguiente párrafo, el Gobernador acepta haber emitido el nombramiento de González Gordoa como directora general del DIF, sin embargo, menciona que “dicha constancia no responde ni se traduce a una designación directa por parte del titular del Poder Ejecutivo”, sino que fue designada por la Junta Gobierno.

Finalmente, Juan Manuel Carreras, cita la jurisprudencia P./J. 4/2003, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que establece que un equivalente de “Secretario de Despacho” debe reunir los siguientes requisitos: ser susceptible de Juicio Político, ser nombrado libremente por el Gobernador del Estado y ser titular de una dependencia del Ejecutivo.

Por ende, Carreras López concluye que, González Gordoa es elegible ya que fue designada por la Junta de Gobierno y no por él.

A pesar de los argumentos expuestos por el Gobernador para tratar de sostener el perfil de Cecilia González en la terna de magistradas para el TEJA, los legisladores citan la misma jurisprudencia P/J. 4/2003 a la que recurrió el Ejecutivo y mencionan que, si bien la Directora General del DIF fue designada por la Junta de Gobierno, esta Junta está presidida por Juan Manuel Carreras, quien cuenta con voto de calidad en la misma y, además, esta se encuentra integrada por vocales que son sus inferiores.

Por lo anterior, los legisladores mantuvieron su postura en la que declaran inelegible a Cecilia González como magistrada numeraria del TEJA, ya que no cumple con todos los requisitos descritos en la Constitución.

En el dictamen únicamente aparecen la licenciada Claudia de la Rosa Turrubiartes y la doctora Julieta Méndezcarlo Silva.

 

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