Por falta de autorización, Profepa clausura construcción de fraccionamiento en Villa de Ramos

Fotografía: Profepa

Estela Ambriz Delgado

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) informó de la clausura del predio denominado La Aguililla, ubicado en el Ejido El Zacatón del municipio de Villa de Ramos, debido a la remoción parcial de vegetación forestal en una superficie de 54.6 hectáreas, en donde se pretende construir un fraccionamiento sin contar con autorización de cambio de uso de suelo.

La dependencia emitió un comunicado el 8 de octubre, en el que informó que, en atención a una denuncia ciudadana, el pasado 5 de octubre realizaron una visita de inspección en materia forestal al predio y durante esta, se detectaron vestigios de remoción parcial de vegetación forestal en una superficie de 54.6 hectáreas, así como diversos montículos de vegetación removida.

Detallan que en el sitio se observaron vestigios de remoción parcial de ejemplares de mezquite, gobernadora, coyonoxtle, sangre de grado, nopal y palma, además de indicios del uso de fuego para incinerar la vegetación removida.

Se indicó que estas actividades ocasionaron la afectación de terrenos forestales para destinarlos a otros usos, y de acuerdo a lo manifestado por la persona inspeccionada, la remoción se realizó con la finalidad de construir un fraccionamiento denominado “El Mezquital”.

Al no presentar la autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), la Procuraduría impuso como medida de seguridad la clausura temporal total de cualquier actividad relacionada con la remoción de vegetación forestal.

Al respecto, se precisa que durante la visita el 5 de octubre el inspeccionado mostró una autorización de impacto ambiental emitida por el Ayuntamiento de Villa de Ramos para el proyecto habitacional; sin embargo, dicho documento no sustituye la autorización federal de cambio de uso de suelo en terrenos forestales que corresponde emitir a la Semarnat.

Finalmente, se afirma que Profepa iniciará el procedimiento administrativo correspondiente, en el que se determinarán las responsabilidades y, en su caso, las medidas de restauración que deberán aplicarse para reparar la afectación ocasionada en el sitio.

La remoción de vegetación forestal sin autorización constituye una infracción a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, cuya sanción puede alcanzar hasta 30 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).