Proponen indemnizar a quienes caen presos pero luego se confirma su inocencia

Antonio González Vázquez

El abogado José Mario de la Garza Marroquín presentó al Congreso del Estado una iniciativa ciudadana para adicionar al Código Penal del Estado la obligación de “garantizar que las personas procesadas penalmente en el estado de San Luis Potosí que obtengan una sentencia absolutoria de plano, tendrán derecho a una indemnización económica consistente en dos días de salario mínimo por cada día que hubieren sido privados de su libertad injustamente”.

En su exposición de motivos, explica que “la justicia tiene dos extremos dolorosos e irreparables: la impunidad para quienes cometen delitos que agravian profundamente a la sociedad y pueden andar circulando libremente por las calles, y el encarcelamiento de personas inocentes recluidas en prisión por carecer de recursos materiales para procurarse una adecuada defensa o por errores atribuibles al sistema de impartición de justicia. 

En nuestro país, han merecido gran atención e indignación social los casos de personas que injustamente permanecieron durante muchos años de su vida en prisión y que, al concluir procesalmente sus juicios, obtuvieron sentencias absolutorias por haber acreditado su inocencia, o en la que quedaron de manifiesto violaciones a derechos humanos y al debido proceso. 

Una persona inocente no debe asumir un castigo injusto, pero además es indignante que cuando logra demostrar legalmente que la privación de su libertad obedece a errores procesales o una actuación indebida de las autoridades públicas, además es condenado a asumir el perjuicio económico, social, familiar, emocional, y psicológico, al haber perdido irremediablemente un valioso tiempo de su vida”.

Se pretende acabar de una vez por todas con el célebre “usted disculpe” que las autoridades externan luego de que un procesado demuestra su inocencia para recuperar la libertad.

Para respaldar la iniciativa, expone además el caso de Néstor y Julio, hermanos campesinos que trabajaban en el campo en la zona Media. El 19 de agosto de 2011 fueron detenidos injustamente, acusados del homicidio de una menor de 13 años de edad.

Fueron detenidos y torturados para que aceptasen ser responsables de un delito que no habían cometido y luego fueron condenados a 30 años de prisión.

La organización RENACE conoció el caso en 2013 e inició el trabajo por la vía legal para demostrar la inocencia de los hermanos, y para 2015 se logró su libertad.

“Pasaron cuatro años desde el momento en que Néstor y Julio fueron injustamente detenidos, torturados, acusados y sentenciados sin pruebas a 30 años de prisión; su familia se desintegró, huyeron de la comunidad por miedo; el patrón que los quería como un padre murió por la impresión de saberlos detenidos; su situación económica al salir de la cárcel se torno insostenible porque perdieron su estabilidad familiar; desde hace cuatro años fueron injustamente señalados como criminales; y todo eso se lo deben a un Estado insensible, ineficaz e incapaz de generar mecanismos de investigación inteligentes”.

En la iniciativa se propone el artículo 45 BIS de la reparación del Daño y expresa lo siguiente:

“En San Luis Potosí todas las personas que enfrenten sus procesos penales privadas de su libertad tienen derecho a recibir indemnización económica por parte del estado cuando en sentencia firme y definitiva sean absueltos de los delitos que se les hayan imputado, ya fuera por violaciones a sus derechos humanos, al debido proceso, error judicial o cualquiera otro imputable al sistema de procuración e impartición de justicia. El monto de esa indemnización, será la misma en todos los casos y corresponderá al equivalente de un dos de salario mínimo por cada día de encarcelamiento indebido. Ejercer este derecho, bajo ninguna circunstancia anula la posibilidad de que el sentenciado emprenda las acciones legales que a su juicio correspondan en contra del estado o sus funcionarios. 

Para hacer efectiva esta indemnización no será necesario un procedimiento especial. Bastará que el sentenciado presente su sentencia e identificación oficial ante la Secretaría de Finanzas del estado para recibir su beneficio. La financiación de este fondo deberá ser considerado en la propuesta de presupuesto de egresos que presenta anualmente el Poder Ejecutivo ante el Congreso del Estado”.

En ese sentido, el abogado concluye que darle a Néstor y Julio una reparación económica por los cuatro años que estuvieron injustamente en prisión no les devolverá todo lo que perdieron, pero sí sería significativo que el Estado admita que se equivocó. El pago de indemnización sería de 89 mil 950 pesos.

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