Reconviene presidenta de TEE a funcionario del Ceepac y cónyuge de magistrada electoral

Eduardo Delgado

Luego de que el Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac), Héctor Avilés Fernández, adujo ante el Tribunal Electoral del Estado (TEE) que de momento, por la contingencia sanitaria, no le es posible publicitar medios de impugnación interpuestos en su contra, la magistrada presidenta, Yolanda Pedroza Reyes, le aclaró que la suspensión de actividades presenciales “no conlleva” la cancelación total de labores en ese organismo.

Recientemente, por separado y razones distintas, el vocero del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en San Luis Potosí, Alejandro García Moreno, y el presidente del Comité Municipal del Partido de la Revolución Democrática en la capital, Ernesto Jesús Barajas Ábrego, interpusieron quejas ante el TEE en contra del funcionario del Ceepac, quien a su vez es marido de la magistrada electoral Dennise Adriana Porras Guerrero.

Conforme a la Ley de Justicia Electoral, Yolanda Pedroza, ordenó enviar copias de las dos quejas al Secretario Ejecutivo y a la Comisión de Quejas y Denuncias del Ceepac, para que en ambos casos “realicen de inmediato el trámite de publicitación del medio de impugnación”, añadió en su momento.

Héctor Avilés, le reportó que el pasado 22 de abril el pleno del organismo aprobó la suspensión de labores con motivo de la contingencia sanitaria y que por ende no publicó los medios de impugnación identificados con las claves y número de expedientes  TESLP/JDC/12/2020 y TESLP/JDC/13/2020.

Analizadas las razones expuestas por el funcionario, la magistrada presidenta concluyó: “Se advierte que contrario a lo expresado por la autoridad responsable, válidamente puede llevar a cabo el trámite de publicitación”.  

Porque, señaló, el aplazamiento temporal de las actividades presenciales “no conlleva la suspensión total de sus labores, dado que en el propio acuerdo de suspensión de actividades presenciales expresamente se estableció que todos los trabajadores del CEEPAC deben realizar trabajo en casa”.

Asimismo, añadió, en el acuerdo aprobado por los consejeros electorales se estableció que las comisiones permanentes y temporales no interrumpirán sus funciones, de manera que sus sesiones y acuerdos serán válidos.

Como prueba de ello la magistrada electoral refirió la publicación hecha el pasado 28 de abril, realizada a las 13:26 horas, en la página de Facebook del organismo, “en la que se informa de una reunión de trabajo de la Comisión de Quejas y Denuncias”.

Por ende, sostuvo que la autoridad responsable “sí está laborando y en consecuencia, válidamente puede llevar a cabo el trámite de publicitación a que constriñen los artículos 51 y 52 de la Ley de Justicia Electoral del Estado de San Luis Potosí”.

En consecuencia, lo emplazó para que de inmediato publique los medios de impugnación, sin dejar de considerar que Héctor Avilés alegó también la interrupción de los términos y plazos procesales, respecto de los trámites de índole administrativo o jurisdiccional.

De modo, precisó que no está en condiciones de proceder en términos del artículo 434 de la Ley Electoral del Estado, para citar a los inconformes a fin de que acudan  a ratificar sus denuncias en un plazo de tres días.

Aclaró que en el requerimiento formulado por el TEE al funcionario, “en ningún momento se ordenó” emplazar a los quejosos “sino únicamente realizar la publicitación”.

Todo ello como parte del acuerdo aprobado por la magistrada presidenta, publicado este lunes en los estrados del Tribunal Electoral del Estado.

El vocero del PVEM presentó queja contra del Secretario Ejecutivo y la Comisión de Quejas del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadano en San Luis Potosí, porque omitieron resolver acerca de las medidas cautelares solicitadas en diversas denuncias por la indebida promoción personalizada” del alcalde capitalino, Francisco Xavier Nava Palacios.

A su vez, el dirigente del PRD en la capital interpuso la demanda de Juicio para la Protección de los Derechos Políticos del Ciudadano, en contra del Secretario Ejecutivo, porque en su caso le inconformó “el acuerdo emitido y notificado el día 8 de mayo del 2020, por el Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal Electoral, licenciado Héctor Aviléz (sic) Fernández, en el cual se actualizan conductas y omisiones…”.

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