Resolución adversa para Francisca Reséndiz en una de sus diversas impugnaciones

Eduardo Delgado

Una de las diversas impugnaciones promovidas por Francisca Reséndiz Lara respecto de la postulación de Mónica Liliana Rangel Martínez como candidata de Morena a la gubernatura, fue desechada este miércoles en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). 

Francisca Reséndiz, quien se inscribió como precandidata de Morena a la gubernatura, ha interpuesto diversos recursos en desacuerdo, entre otras cuestiones, porque los órganos de ese instituto político definieron la postulación de una mujer y por ende aprobaron la reapertura de registro de precandidatas.

En sesión no presencial celebrada este miércoles, los magistrados federales confirmaron el acuerdo plenario del Tribunal Electoral del Estado, aprobado el pasado 17 de febrero en el expediente TESLP/JDC/25/2021, por el que los magistrados locales reencauzaron a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, su demanda interpuesta en contra del resultado de la encuesta que favoreció la postulación de Liliana Rangel.

En la resolución del expediente SUP-JDC-253/2021, los magistrados de la Sala Superior consideraron infundados los agravios de Francisca Reséndiz, porque ella “parte de la premisa errónea de que existen causas extraordinarias que hacen que el medio intrapartidista sea ineficaz para analizar y resolver la supuesta violación de su derecho político-electoral”.

A juicio de los integrantes de la Sala Superior, “el agotamiento” del medio partidista “resulta adecuado al no estar satisfechos los requisitos para que el tribunal local lo  conociera per saltum, aunado a que existe la obligación de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de resolver de manera pronta y expedita todos los medios de impugnación”.

Avalaron también que, como acordó el Tribunal estatal, la violación de sus derechos político-electorales “es reparable”, e indicaron que los miembros o simpatizantes de los partidos políticos están obligados a agotar las instancias intrapartidistas, además de que no existen condiciones para que el Tribunal local resuelva de manera directa, abundaron.

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