SCJN invalida reformas a la Ley de Salud Mental por no realizar consulta

María Ruiz

Suman tres acciones de inconstitucionalidad determinadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra del Congreso del Estado, por haber modificado y creado leyes sin consulta previa a personas con discapacidad, así lo dio a conocer la consejera de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) y secretaria general del Capítulo San Luis de la Fundación Gilberto Rincón Gallardo, Catalina Torres Cuevas.

Estas acciones, dijo, son un recurso legal que se tramita en forma exclusiva ante la SCJN por medio del cual se denuncia la posible contradicción entre la Constitución y alguna norma o disposición de carácter general.

La primera de ellas se concedió en el año 2019 contra la Ley para la Inclusión de Personas con Discapacidad; la segunda fue en 2020 contra la Ley de Asistencia Social, misma que fue invalidada por completo; y la tercera, al decreto por el que se adicionaron el Capítulo IV “De la Familia de los Usuarios” y el artículo 4 Bis al Título Primero de la Ley de Salud Mental del Estado y Municipios del Estado de San Luis Potosí, publicado el 13 de abril de 2021, por no haber realizado la correspondiente consulta a personas con discapacidad.

La última de estas acciones de inconstitucionalidad fue interpuesta por la CEDH y apenas fue declarada inválida por la Suprema Corte el pasado 7 de junio del presente año.

Torres Cuevas mencionó que con estas sentencias, el Congreso del Estado se ve obligado a cambiar sus procesos y procedimientos dentro de su quehacer legislativo en busca de estar acorde con la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Por lo que la consejera de la CEDH propuso al Congreso del Estado un plan de trabajo que contemple una consulta de inclusión en la entidad, que constaría de una iniciativa legislativa, estudio en comisiones, opiniones técnicas de organizaciones, publicaciones de dictámenes, proceso de consulta, debate en el pleno, la votación, aprobación, y por último, su publicación en el Periódico Oficial del Estado (POE).

La consejera mencionó que este flujo de trabajo sería el esencial para que se tomara en cuenta a este sector de la población y dejen de realizarse acciones de inconstitucionalidad.

Esto debido a que las consultas, no realizadas por el Congreso del Estado, deben estar enfocadas en el derecho constitucional, derechos electores, acceso a la justicia y el nombramiento de autoridades administrativas a cargo de las políticas públicas en la materia.

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