Fernanda Durán
Durante una reunión en el Congreso del Estado, el diputado Crisógono Pérez López de Nueva Alianza y representantes del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) —principalmente de las secciones 26 y 52, así como de la Federación Democrática de Sindicatos de Servidores Públicos (FEDESSP)— presentaron una iniciativa para blindar la autonomía sindical y sancionar la injerencia de personas servidoras públicas en la vida interna y los procesos de elección de las organizaciones gremiales.
La propuesta plantea adicionar un artículo 70 Bis a la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado y un artículo 63 Bis a la Ley de Responsabilidades Administrativas estatal.
De acuerdo con el documento entregado, la exposición de motivos sostiene que la libertad sindical y la autonomía son derechos reconocidos en el marco constitucional y en instrumentos internacionales, además de que en el servicio público tienen un peso particular porque garantizan que las personas trabajadoras puedan organizarse y elegir dirigencias “sin presiones, condicionamientos o interferencias indebidas”.
En ese mismo apartado se advierte que en la práctica persisten conductas como intervención directa o indirecta en procesos electorales sindicales, condicionamientos de derechos laborales y parcialidad institucional que afectan la equidad del voto.
Durante el acto, la secretaria general de la Sección 52, Elizabeth Viviana Guerrero Milán, explicó que la iniciativa busca “fortalecer la autonomía de los sindicatos” y evitar que “personas servidoras públicas se inmiscuyan en la decisión” de los trabajadores al momento de elegir a sus representantes.
En la iniciativa se propone que el nuevo artículo 70 Bis establezca que “los sindicatos deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de injerencia por parte de las personas servidoras públicas” en su constitución, funcionamiento, administración y elecciones, así como en reglas de elegibilidad, reelección o destitución de directivas.
El texto agrega que cualquier contravención sea considerada “falta administrativa grave” y se sancione conforme a la Ley de Responsabilidades Administrativas local.
El proyecto detalla un catálogo de conductas que serían consideradas actos de injerencia sindical: desde “coaccionar, inducir o amenazar” para votar por una planilla o abstenerse, hasta presiones jerárquicas, condicionamiento de servicios, apoyos, licencias o permisos vinculados al voto; ofrecimiento de beneficios laborales o económicos a cambio de apoyo; represalias mediante suspensión o limitación de derechos, programas, capacitaciones o bonos; uso de recursos públicos para favorecer o perjudicar candidaturas; y falta de imparcialidad o parcialidad pública durante los procesos electorales.
En paralelo, la reforma a responsabilidades administrativas plantea adicionar el artículo 63 Bis, para establecer que será responsable de “injerencia y/o intromisión sindical” la persona servidora pública que, por sí o por terceros, incurra en las conductas previstas en la ley laboral estatal, con sanciones conforme al capítulo aplicable del régimen administrativo. Con ello, el planteamiento vincula directamente el catálogo de prohibiciones del 70 Bis con un tipo específico de responsabilidad administrativa en el marco local.
En sus mensajes, los dirigentes sindicales insistieron en que el objetivo es impedir que autoridades o actores externos influyan en los procesos internos. Juan Carlos Bárcenas Ramírez, secretario general de la Sección 26, sostuvo que la armonización busca que las elecciones se desarrollen “de manera autónoma, sin intervención de agentes adicionales o ajenas a intereses de funcionarios públicos, o que pudiera ser de particulares”, y que los sindicatos elijan con reglas y estatutos propios, “abierta, directa, nominal, secreta, y sobre todo, con autonomía”.
Desde el Comité Ejecutivo Nacional del SNTE, Manuel Arellano Méndez planteó que la reforma permitiría sancionar a funcionarios que intervengan en asuntos sindicales, al advertir que en procesos previos se han presentado intentos de involucramiento gubernamental “a través de formar grupos políticos, de coaccionar el voto de amenazas contra trabajadores”, y que, con la modificación en responsabilidades administrativas, esas conductas podrían derivar en separación del servicio o incluso inhabilitación si se acredita la intervención.
El documento incorpora un apartado transitorio para sostener que la propuesta responde a una armonización derivada de cambios federales: señala que es “de conformidad” con el decreto que adiciona el artículo 69 Bis a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y un artículo 64 Quáter a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y que en un transitorio federal se solicitó a las legislaturas estatales realizar adecuaciones normativas; además, precisa que ese decreto fue publicado el 15 de diciembre de 2025.





