UASLP, la primera gran prueba para Zermeño

Por Victoriano Martínez

Todo indica que Manuel Fermín Villar Rubio dejó de ser rector desde el pasado 1 de abril y se tomó tan en serio el aislamiento social impuesto por el coronavirus Covid-19 que, en cuanto el Consejo Directivo nombró a su sucesor, desapareció y se olvidó de sus responsabilidades como cabeza de la UASLP y, tanto funcionarios como académicos, le siguieron los pasos.

Sin cabeza, estudiantes y catedráticos –pero principalmente los estudiantes– se mueven completamente a ciegas en sus intentos por salvar su semestre, pero se topan –los estudiantes– con el desinterés y hasta la irresponsabilidad de sus profesores, y éstos –los más comprometidos– con la falta de directrices para salvar la situación.

Al suspender actividades, la que parece ser la última determinación de Villar Rubio desde la rectoría según la fracción VI del artículo 40 del Estatuto Orgánico de la UASLP, se estableció en el comunicado:

Para dar cumplimiento a los distintos programas académicos, tanto de nivel medio superior, como de licenciatura y posgrado, podrán impartirse clases a través de diversos medios digitales, ya sea mediante la utilización de la plataforma Institucional de la Secretaría Académica o bien, por los medios que las entidades acuerden con su respectiva planta docente.

Al utilizar el vocablo ‘podrán’, que suele ser interpretado como la posibilidad de hacer o no lo que se establece, y al indicar alternativas desconocidas por la gran mayoría los catedráticos, el planteamiento de la suspensión prácticamente equivale a un háganle como quieran, puedan o Dios les dé a entender.

Si se revisa la Compilación de la Legislación Universitaria, 6a. Edición, publicada en su portal Web de la UASLP, resulta obvio que la contingencia que llevó a muchas universidades privadas a replegarse a prácticamente campus virtuales para continuar con las actividades académicas, tomó totalmente desprevenida a la UASLP.

En las 370 páginas de ese documento hay una sola referencia a la modalidad educativa a distancia en tanto que las referencias al uso de medios electrónicos tienen que ver con temas de transparencia y manejo de archivos. En el segundo párrafo del artículo 15 del Reglamento de Diplomados dice:

Para los diplomados que se ofrezcan en la modalidad a distancia, el programa deberá especificar los mecanismos y procedimientos de evaluación y acreditación que equivalgan a los requisitos establecidos en el párrafo anterior, lo que será dictaminado por la Secretaría de Asuntos Académicos.

Las referencias al uso de medios electrónicos se encuentran en el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública y el Reglamento para la Protección Documental del Centro de Documentación Histórica “Lic. Rafael Montejano y Aguiñaga”.

Que en cada planta docente haya quedado la posibilidad de acordar la forma de “dar cumplimiento a los distintos programas académicos” resultará un buen parámetro para que, de cara a la próxima renovación de las direcciones de las escuelas y facultades, se haga la selección de quienes mejor resolvieron la contingencia en favor de los intereses de los estudiantes.

Las indefiniciones  dejadas por Villar Rubio sobre la forma de salvar el semestre –que se suman a tantos pendientes que deja heredados– le estallarán por completo a Alejandro Zermeño Guerra, quien en una semana ya será formalmente el rector.

El noviciado que le ha tocado a Zermeño Guerra pondrá a prueba no sólo las líneas de trabajo ofrecidas en su programa que presentó como aspirante a la rectoría, sino su capacidad para responder a retos de gran magnitud y expondrán el talante con que conducirá los destinos de la UASLP.

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