VIDEO | Morena y Federación impugnan alternancia de género para la gubernatura de SLP en 2033

Fernanda Durán

Las acciones de inconstitucionalidad promovidas por Morena y el Poder Ejecutivo Federal contra el Decreto 0539 se concentran en las reglas de alternancia de género establecidas para las candidaturas a la gubernatura de San Luis Potosí, confirmó la presidenta de la Directiva del Congreso del Estado, Sara Rocha Medina.

La legisladora defendió la disposición como un avance para garantizar que una mujer pueda llegar a la gubernatura y consideró que las impugnaciones representan un retroceso; sin embargo, durante su explicación aseguró que para la elección de 2033 todos los partidos estarían obligados a postular mujeres, supuesto que no está establecido de esa manera en el decreto aprobado por el propio Congreso.

Las impugnaciones corresponden a las acciones de inconstitucionalidad 81/2026, promovida por Morena, y 86/2026, presentada por el Ejecutivo Federal, ambas contra el Decreto 0539 publicado el pasado 2 de junio.

Rocha confirmó que el punto controvertido es la alternancia que comenzará a aplicarse en la elección de la gubernatura posterior a 2027.

A partir de ello, la presidenta del Congreso centró su defensa en los avances históricos de las mujeres en materia de participación política y declaró:

“Hoy una de las inconformidades para esta acción de inconstitucionalidad es el tema de que no haya alternancia en el tema de la gubernatura. A mí, en lo personal, se me hace que es verdaderamente un retroceso para las mujeres”.

La diputada llevó posteriormente ese argumento a asegurar que la reforma garantizaría candidaturas exclusivamente femeninas en 2033.

“Como mujer no estoy de acuerdo en que echemos para atrás un tema en el que va a favor de las mujeres para que en el 33 haya sí o sí todas, candidatas de todos los partidos, mujeres para que sea una gobernadora”.

Sin embargo, el Decreto 0539 no establece esa obligación. El artículo segundo transitorio permite que en la elección de 2027 cada partido o coalición postule libremente a una persona de cualquier género. Será precisamente el género de esa candidatura el que determinará qué deberá ocurrir seis años después: en 2033 tendrán que postular, como regla general, a una persona de género distinto.

De esta manera, si un partido postula a un hombre en 2027, deberá postular a una mujer en 2033; pero si registra a una mujer en 2027, no existe una obligación de volver a postular a otra mujer seis años después.

Lo que sí contiene la reforma es una excepción favorable a las candidaturas femeninas: si por aplicación de la alternancia corresponde postular a un hombre, el partido podrá optar nuevamente por una mujer. El artículo 265 establece expresamente que “podrán postular a una candidata mujer sin que esto afecte la alternancia”.

El transitorio reproduce esa excepción para 2033, pues permite repetir el mismo género registrado en 2027 únicamente cuando se trate de una mujer.

Rocha tampoco precisó cuál es el argumento constitucional con el que Morena y el Ejecutivo Federal cuestionan esa regulación, pese a confirmar que las demandas se dirigen contra la alternancia. Es decir, no aclaró si los promoventes consideran que el Congreso invadió competencias, afectó la autodeterminación de los partidos políticos o plantearon algún otro motivo de invalidez.

“Revisen ustedes el acto de inconstitucionalidad. Revisen ustedes el documento y ahí va a aparecer. El acto reclamado es ese y es hasta el 2033, o sea, ni siquiera en esta del 27”.

Posteriormente reconoció que no tenía consigo esa precisión: “No te puedo decir el argumento jurídico como tal. Lo que te puedo decir es lo que leí, lo que estoy comentando, pero el argumento como tal no te lo puedo decir de lo específico”.

El Congreso deberá ahora responder ante la Suprema Corte a las dos acciones y defender la constitucionalidad del modelo de alternancia que aprobó. Rocha informó que el área jurídica ya trabaja en los documentos que serán remitidos al máximo tribunal.