Potosinos saben la calidad del aire que respiran: PJF

Por Victoriano Martínez

¿Usted sabe la calidad del aire que respira?

Según el Juzgado Primero de Distrito, sí.

Al pronunciarse sobre el cumplimiento de la sentencia del amparo 484/2016, la juez Fabiola Delgado Trejo, aseguró que “al estar colmados los efectos para los que otorgada la protección constitucional y sin que en el caso se advierta exceso o defecto, lo procedente es declarar cumplida la ejecutoria de amparo”.

Luis González Lozano, director de la organización Cambio de Ruta y quien promovió el amparo, lamentó la resolución del juez, que le notificaron el pasado jueves, que lo calificó como un mal día para la defensa del ambiente en San Luis Potosí.

“La Juez Primero de Distrito de San Luis Potosí, dentro del juicio de amparo 484/2016, declaró cumplida la sentencia de amparo que obligaba a la SEGAM a medir la calidad del aire. Lo anterior significa que para el Poder Judicial Federal, dicha autoridad sí mide la calidad del aire y la comunica a los potosinos”, expresó Lozano González.

Consideró que la resolución del juez representa que aunque nadie sepa la calidad del aire que se respira en la ciudad, en el papel todos lo sabemos.

“Respetamos la decisión judicial pero no somos conformes con ella, por lo que la recurriremos e incluso llevaremos el asunto a los organismos internacionales de Derechos Humanos”, anunció.

De acuerdo con la resolución, la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental (SEGAM) acreditó mediante decenas de oficios monitorear la calidad del aire y generar políticas públicas adecuadas de para el monitoreo, registro y tratamiento del aire

También acreditó brindar información cierta y confiable a la ciudadanía respecto de la calidad del aire y fomentar la educación y la cultura ambiental para la sociedad en general, sin importar edad, nivel educativo o estrato socio-económico.

“Las autoridades responsables han comprobado ante este órgano jurisdiccional encontrarse dando seguimiento a los oficios y convenios que han suscrito con la finalidad de mejorar la calidad del aire de la ciudad y zona conurbada”, reconoce la juez primera de distrito.

Entre las acciones reportadas por la SEGAM se encuentran páginas de internet en las que publican un manual, una colección de fotografías y explicaciones sobre qué son, como se generan y cómo pueden reducirse el ozono y el PM10. Estas son las direcciones electrónicas a las que remite la SEGAM:

  • slp.gob.mx/SEGAM/Paginas//Noticias/Yo-Cuido-El-Aire.aspx
  • facebook.com/cidesegam/photos/
  • slp.gob.mx/SEGAM/Paginas/Calidad%20del%20Aire/OZONO.aspx
  • slp.gob.mx/SEGAM/Paginas/Calidad%20del%20Aire/PM10.aspx
  • gob.mx/verificación.html

Afirma la juez que las autoridades optaron por hacer las mejoras y reparaciones necesarias a las estaciones de monitoreo que conformaban el sistema de medición de calidad del aire previamente existente

Entre los argumentos presentados por González Lozano al Juzgado Primero de Distrito señaló que cuatro estaciones de monitoreo en la ciudad resultan insuficientes y no se puede asegurar una medición del aire que sea asertiva.

Señaló además que no se mide la presencia de todos los contaminantes, no se hace en los lugares idóneos, ya que de acuerdo con la tesis doctoral de Gilberto Velázquez Angulo “Diseño de una Red de Monitoreo Atmosférico para la Ciudad de San Luis Potosí: ubicación de Nodos”, existen diez puntos o zonas de la ciudad que deben ser monitoreados.

“A diferencia del Gobierno del Estado, el Gobierno de la Ciudad de México difunde la inforamación de la calidad del aire en tiempo real a los ciudadanos, en su página web, incluso a través de una aplicación disponible para IOS y Android”, señaló González Lozano.

Citó una aplicación israelí llamada BreezoMeter, que hace mediciones de la calidad del aire y el ambiente en todo el mundo, en la que el pasado 14 de agosto reportó mala calidad del aire en la ciudad.

González Lozano indicó que resulta insuficiente que San Luis Potosí se haya incorporado al reporte del Sistema Nacional de Información de la Calidad del Aire (SINAICA), ya que se hace con insuficientes estaciones de monitoreo, además de que en los datos que aparecen se advierte que “Los valores aquí mostrados son preliminares y no han pasado por el proceso de validación”.

Al consultar este lunes esa información en sinaica.inecc.gob.mx, los cuatro puntos de monitoreo de la ciudad se mostraban en verde, con la indicación de que se cumple con los límites permitidos en la calidad del aire.

Consulte la resolución del Juzgado Primero de Distrito AQUÍ

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