Amparo exhibe que Ayuntamiento no cumplió la consulta para planes de desarrollo urbano: Covarrubias

Por Victoriano Martínez

Enrique Acevedo Mejía, juez sexto de Distrito en el Estado, concedió un amparo a un participante en la Consulta Pública para la elaboración del Programa de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, por falta de respuesta a su planteamiento, con lo que se abre la posibilidad de que por las dos mil 481 participaciones se impugne de raíz la validez de los programas de desarrollo urbano.

“La protección de la justicia federal se concede para que la autoridad responsable, de forma inmediata, notifique la respuesta de veintiocho de julio de dos mil veinte, recaída al planteamiento expuesto por el quejoso”, señala Acevedo Mejía en el considerando “Sexto. Efectos de la Sentencia de Amparo”.

Los programas de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (PMOTDU) y de Desarrollo Urbano del Centro de Población (PMDUCP) fueron publicados el miércoles 27 de abril en el Periódico Oficial del Estado, por lo que ya se consideran vigentes y sustituyen el Plan de Desarrollo Urbano de 2003.

“(El amparo concedido) genera interés jurídico para impugnar los programas de raíz. Además deben responder en función de lo que preguntamos…no de lo que se les ocurra”, dijo Carlos Covarrubias, militante del Frente Amplio Opositor (FAO), quien tramitó el amparo.

La participación de Covarrubias en la consulta tiene el número de folio Palacio 01 y aunque las respuestas fueron publicadas en la página de internet del Instituto Municipal de Planeación (IMPLAN), no se cumplió con la formalidad de notificar a los participantes en los domicilios requeridos en el formato de consulta.

“Debieron contestarlos de uno en uno”, señaló Covarrubias. “Podemos acreditar que la consulta se quedó hasta la etapa de cierre de las participaciones. No pueden acreditar el procesamiento de las respuestas”.

Covarrubias presentó su planteamiento el 4 de enero en Palacio Municipal, en el que propuso la ratificación del Área Natural de Protección al Paisaje y de Recarga en la Sierra de San Miguelito, respecto al proyecto inmobiliario Las Cañadas.

El juez concedió el amparo por considerar que se violó el artículo octavo de la Constitución al no otorgar respuesta formal a su planteamiento.

“Se advierte que el quejoso acude a esta instancia constitucional a impugnar la omisión de dar respuesta a su petición presentada el cuatro de enero de dos mil veinte, que ingresó mediante el denominado “formato único de comunicación” Programa Municipal de Otorgamiento Territorial y Desarrollo Urbano de San Luis Potosí con folio “Palacio 01””, estableció el Juez.

El grupo La Sierra de San Miguelito promueve entre quienes presentaron planteamientos durante la consulta de los programas PMOTDU y PMDUCP la presentación de más amparos como una forma de reforzar la acreditación del hecho de que el Ayuntamiento no cumplió con la Consulta “pues jamás se respondieron miles de participaciones”.

 

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