Fernanda Durán
Esta semana entró en vigor la reforma a la Ley de Educación del Estado que obliga a docentes, personal escolar y autoridades educativas a denunciar de inmediato posibles delitos cometidos contra estudiantes, además de establecer sanciones por omitir esa obligación.
No obstante, el decreto aprobado por el Congreso del Estado quedó más limitado que la propuesta original impulsada por el diputado Luis Fernando Gámez Macías y la Fundación Granito de Arena, que buscaba crear una estructura especializada para coordinar protocolos, capacitación y seguimiento de casos de abuso infantil.
La reforma, publicada este viernes 22 de mayo en el Periódico Oficial del Estado, modificó los artículos 83 y 85 de la Ley de Educación para establecer que maestros, personal de planteles y autoridades deberán informar de inmediato a las autoridades correspondientes cuando tengan conocimiento de hechos posiblemente delictivos contra estudiantes y actuar conforme a los protocolos que se emitan. Además, la omisión podrá ser sancionada administrativa y penalmente.
La iniciativa original, presentada en octubre de 2025 por Gámez y la activista Susana del Río Contreras, planteaba crear un nuevo artículo 83 Bis y un Comité Estatal Interinstitucional integrado por la Fiscalía General del Estado (FGE), la Secretaría de Educación de Gobierno del Estado (SEGE), el Sistema DIF, la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PPNNA), la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), magisterio y padres de familia.
Ese órgano tendría sesiones permanentes, mecanismos de seguimiento, reglamento interno, transparencia pública de acuerdos y actualización periódica de protocolos, además de protección expresa para quienes denunciaran “de buena fe”.
Durante el foro internacional organizado en el Congreso para respaldar la propuesta, activistas, autoridades y legisladores insistieron en que era necesario crear una estructura especializada para evitar revictimización, capacitar a docentes y mejorar la integración de denuncias, ante la baja judicialización de casos de abuso infantil.
Sin embargo, la SEGE consideró que varios de esos mecanismos ya existían parcialmente en otras normas estatales, como la Ley de Prevención y Seguridad Escolar, y propuso integrar las nuevas obligaciones directamente a los artículos ya existentes de la Ley de Educación, sin crear un nuevo comité autónomo.
El texto final mantuvo la obligación de denuncia inmediata y las sanciones por omisión, pero eliminó la creación formal del comité interinstitucional y redujo el alcance operativo planteado originalmente. Además, amplió el enfoque de los protocolos a violencia escolar, familiar y comunitaria en general, así como mediación y resolución de conflictos, dejando en segundo plano el énfasis específico en abuso sexual infantil y maltrato.
Aun con esos cambios, la reforma representa la primera vez que la Ley de Educación del Estado establece de manera expresa la obligación de denunciar posibles delitos contra estudiantes y sancionar la omisión de personal educativo o autoridades escolares.
Ahora, la aplicación de la reforma dependerá de cómo se elaboren los nuevos protocolos y de la coordinación efectiva entre las instituciones involucradas.





