Tribunal Colegiado refuerza protección a la Sierra de San Miguelito

Por Victoriano Martínez

La revocación del amparo que excluía al Ejido Terrero del decreto de Área de Protección de Flora y Fauna (APFF) de la Sierra de San Miguelito refuerza la protección de la declaratoria al confirma la constitucionalidad del decreto a partir de un criterio de supremacía del medio ambiente establecido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

“El Estado puede establecer restricciones legítimas al uso de la tierra cuando exista un interés público, como la protección del medio ambiente y los recursos naturales”, señala el criterio establecido por la SCJN por el que la determinación de revocar el amparo concedido al Ejido Terrero por el Juzgado Primero de Distrito se dio por unanimidad.

Los tres magistrados del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Noveno Circuito, Alejandro Flores Eraña, Brenda Janette Torres Reyna y Nydia Del Carmen Calderón Huerta marcaron, con esa determinación, el criterio que seguirán en al menos dos casos más en los que tramitan quejas similares: los de los ejidos Estancia de Calderón y Emiliano Zapata-Jesús María.

Al privilegiar la protección del medio ambiente y los recursos naturales, la trascendencia de la resolución que hoy reafirma la constitucionalidad del decreto que declara APFF a la Sierra de San Miguelito favorece la protección en esa misma área de al menos 37 mil 813.75 hectáreas que los barones del concreto pretendían desincorporar por vía de amparos.

Los grupos inmobiliarios financiaron a por lo menos siete ejidos y comunidades para tramitar amparos con la intención de desincorporar sus territorios de la APFF, de los cuales tres casos ya se habían resuelto a favor de los quejosos y ponían en riesgo la integridad de la protección a la Sierra de San Miguelito.

A esas 37 mil 813.75 hectáreas hay que sumar las cinco mil que por vía de escrituras hechizas se pretenden despojar en el Ejido Guadalupe Victoria y sus anexos La Cruz y Picacho, acosados por depredadores inmobiliarios encabezados por las empresas de los grupos Torres Corzo, de la Maza Pizzuto y Francisco de la Rosa.

El ejido y sus anexos forman parte del APFF Sierra de San Miguelito, tanto dentro del polígono como en la zona de protección. En consecuencia, también los favorece el criterio que privilegia la protección del medio ambiente y los recursos naturales.

La Sierra de San Miguelito queda además protegida de intentos como el que denunciaron el pasado mes de mayo los Guardianes de la Sierra de San Miguelito sobre maniobras de los barones del concreto para infiltrar a la SEDATU y operar desde ahí una mutilación a la APFF para abrir el paso a la depredación inmobiliaria.

Se trata de una determinación que cierra cada vez más las posibilidades para que los depredadores inmobiliarios pretendan atentar, como lo han hecho desde diciembre de 2021 a la fecha, contra la Sierra de San Miguelito, con una serie de maniobras sobre las que las autoridades federales son informadas.

Entre las acciones que se han solicitado por parte de los ejidatarios y comuneros que han dado la batalla en favor de la Sierra se encuentra pendiente una investigación por parte de la Unidad de Inteligencia Financiera para determinar la licitud de los recursos económicos utilizados por los empresarios que patrocinan las acciones contra la APFF.

También se contempla una evaluación del comportamiento del gobierno estatal con relación a la defensa y protección del Decreto del Área Natural de Protección de Flora y Fauna Sierra de San Miguelito, en los tribunales y que incluya la revisión de su política presupuestaria, así como que se investigue qué empresarios y funcionarios estatales han adquirido derechos en ejidos y comunidades de la APFF.

De acuerdo con un recuento de los efectos de la resolución hecho por los Guardianes de la Sierra de San Miguelito, el Tribunal determinó que eI APFF es constitucional; confirmó la validez del decreto; la propiedad agraria no se elimina, se protege; protege un ecosistema de alta importancia ambiental; marca un precedente para las Areas Naturales Protegidas; influirá en futuros litigios de ejidos y fraccionadores, y fortalece la protección de la Sierra de San Miguelito.

Se trata de una resolución que da un paso adelante en hacer realidad la consigna de que la Sierra de San Miguelito no se toca, pero que también sienta un precedente para otras áreas naturales protegidas en tanto hace prevalecer la supremacía de la protección al medio ambiente.