Por Victoriano Martínez
El ceremonioso protocolo que estrenó el pasado jueves el gobernador Ricardo Gallardo Cardona, con parafernalia y elenco incluidos, marca no sólo un intento por transformar la pifia de la Ley Serrano en un ajuste ante las circunstancias imprevistas que enfrentó, sino también la ruta que seguirán para controlar portales fake en su guerra digital electorera.
Las “circunstancias imprevistas” dejaron el saldo de dos generadoras de contenido que, tras pasar 15 días en el reclusorio de La Pila, están sometidas a proceso en libertad. Derogados los delitos, ¿pretenden mantenerlas bajo proceso y exigirles la reparación del daño a la senadora Ruth González Silva?
La lógica dice que desaparecido el delito ya no hay causa y, en consecuencia, quedan totalmente libres de estar sometidas al proceso judicial. De ese tamaño fue la pifia que sólo se prolongaría si les mantienen las obligaciones del acuerdo con el que las liberaron.
Gallardo Cardona anunció a su elenco del jueves que se volverían a ver para “empezar la construcción de una ley que nos permita a todas las potosinas y potosinos, defender la dignidad humana”. Justo la defensa de la dignidad humana fue la motivación de la Ley Serrano. ¿Si coinciden en el motivo, coincidirán en el efecto?
De entrada, si en la iniciativa para derogar las reformas que se le hicieron al Código Penal del Estado reconoce implícitamente que la Ley Serrano no tuvo “bases constitucionalmente sólidas”, el reiterado anuncio de contar con un “registro de los medios” con la advertencia previa de desaparecer con la Ley a los que considera fake adelanta que la regulación que pretende construir tampoco la tendrá, conforme al artículo 7º constitucional:
“Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. No se puede restringir este derecho por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares, de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios y tecnologías de la información y comunicación encaminados a impedir la transmisión y circulación de ideas y opiniones”.
La reacción inmediata de Gallardo Cardona ante la pregunta sobre lo que hará con los que considera portalitos fake (“desaparecerlos con la ley. Acabarlos porque no son medios”) muestra, desde el 10 de junio, que la intención de la pretendida regulación está encaminada “a impedir la transmisión y circulación de ideas y opiniones”.
No es el único aspecto con el que atenta en contra del artículo 7º Constitucional. Proponer el mismo 10 de junio contar con “un registro de los medios” y reiterarlo el pasado jueves, ahora atribuido a la propuesta de una reportera, configura un “abuso de controles oficiales” con historia principalmente en regímenes dictatoriales.
Un caso extremo, relatado por Héctor Faúndez Ledesma en su libro Los Límites de la Libertad de Expresión, editado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM en 2004, es el siguiente:
“La tentación de controlar los medios de comunicación de masas siempre ha estado presente, y muy especialmente en regímenes dictatoriales. En este sentido, la Ley de Prensa alemana, de 1933, así como la ley fascista de prensa, en Italia, configuraron la actividad periodística como un “oficio público”, creando el título de periodista, al que no podían acceder los judíos o quienes no pertenecieran al partido gobernante. En ambas leyes se dispuso la creación de un registro de periodistas, que permitía identificar, controlar y dirigir la labor de los profesionales de la prensa”.
Guardadas las proporciones, la coincidencia entre contar con un registro de periodistas en aquel momento y ahora con un registro de medios para desaparecer a los que consideren fake no deja dudas sobre el hecho de que se trata de un “abuso en los controles oficiales”.
Sobre todo, cuando existe en la Ley de Comunicación Social del Estado un “padrón estatal o municipal de medios de comunicación” plenamente justificado en tanto que corresponde a los medios que le prestan servicios a la autoridad, es decir, en la práctica es un padrón de proveedores de servicios de comunicación.
Un padrón que, por cierto, Gallardo Cardona tendría que hacer público acompañado por la información de las campañas que les contrata, su justificación, el costo y demás información, pero que en los hechos es un ejemplo de la forma en la que viola totalmente esa Ley.
La alternativa, si Gallardo Cardona pretende contrarrestar los efectos de la información de los portales fake, es generar una campaña masiva de alfabetización digital que ayude a todos los habitantes del Estado a saber identificarlos y no creerles. Eso está más dentro de sus funciones como autoridad, antes que controles que abren la puerta al abuso.
Claro, si lograra una efectiva campaña en esos términos corre el riesgo de que se le caiga toda su red de medios y de trabajadores estatales difusores y aplaudidores forzados de su propaganda y promoción de imagen disfrazada de noticias.



