Estela Ambriz Delgado
Durante el foro virtual “Diálogos por una tipificación del ecocidio desde nuestros territorios”, surgieron diversas propuestas para robustecer una iniciativa que buscará establecer este delito en el Código Penal Federal. La propuesta contempla multas, penas privativas de la libertad y la inhabilitación temporal o definitiva para empresas, según la gravedad del daño.
El evento, que formó parte de una jornada organizada por la iniciativa México Sin Ecocidio para recuperar experiencias y propuestas ante la devastación ambiental, fue dirigido por su representante, Diana Siller; la coordinadora del espacio, la activista ecuatoriana Verónica Sacta, y miembros de organizaciones defensoras del medio ambiente locales.
Diana Siller mencionó los antecedentes en México, destacando los casos de Chiapas, Jalisco y la Ciudad de México, donde el delito ya se encuentra tipificado en sus códigos penales. Indicó que el objetivo de estos encuentros es conjuntar propuestas y esfuerzos para lograr su reconocimiento y sanción a nivel nacional.
Verónica Sacta señaló que el primer paso para tipificar el delito es unificar una definición de ecocidio que permita enfrentar con severidad los daños a la naturaleza, debido a que actualmente en la mayoría de los países estas conductas quedan impunes o se resuelven exclusivamente por la vía administrativa con el pago de multas.
“Pero esa multa no representa realmente el impacto y el daño que se está haciendo a la tierra. Entonces, lo que queremos con esto es que los daños graves consideren un se consideren un delito (…) hay delitos ambientales menores, como la tala de un árbol, como la contaminación de algunas aguas, es dependiendo de los códigos de los países, hay delitos ambientales y hay penas y hay multas por realizar esta infracción, menor le llamamos, pero los daños grandes, graves no tienen ninguna responsabilidad penal”.
Como referencia internacional, Sacta expuso los casos de Francia (uno de los primeros paises que contempla penas de 10 a 16 años de prisión y multas proporcionales al daño), Bélgica (con sanciones de entre 15 y 20 años y multas de alrededor de 16 millones de euros) y Ucrania, que regula estos ilícitos desde 2001 con penas de 10 a 20 años de prisión.
Indicó que, como referente en América Latina, Chile incorporó los delitos ambientales graves con penas de hasta 10 años e inhabilitación de empresas.
Durante las mesas de trabajo del foro se analizaron los años de cárcel aplicables en la propuesta para México, quienes asumirían las consecuencias, la determinación de responsabilidades (si existió dolo, complicidad o simple omisión), entre otros.
Asimismo, se discutió la necesidad de establecer esquemas obligatorios de reparación y restauración ambiental, asunto sobre el que, en otros diálogos, se ha sugerido no quedarse sólo en la multa, ni en la pena de privación de la libertad, sino delimitar cómo tendría que repararse el daño y a dónde tendrían que ir los montos que se cobran por cometer ese delito.
Se destacó también la necesidad de proteger a los defensores de la naturaleza, con propuestas para que el asesinato de activistas sea clasificado como un agravante con penas mayores en comparación con el homicidio común.
En cuanto a la reparación del daño, se planteó que la sanción incluya una compensación económica directa para las comunidades afectadas, acciones obligatorias de restauración ecológica, inhabilitación corporativa para las empresas infractoras y agravantes cuando el daño involucre a especies protegidas.
Finalmente, Diana Siller puntualizó que el propósito de México Sin Ecocidio es consolidar iniciativas locales para impulsarlas ante el Congreso de la Unión, por lo que es muy importante que los estados alcen la mano para pedir la tipificación. Por ello invitó a quienes quieran formar pate del proceso, a sumarse con sus propuestas a través del correo electrónico: mexicosinecocidio@gmail.com





