Juez ordena al Congreso permitir acceso a Marichuy; CEDH había rechazado medidas de protección

Fernanda Durán

Un juez federal concedió una suspensión definitiva a María de Jesús Almendárez Prieto, Marichuy, para que el Congreso del Estado de San Luis Potosí le permita ingresar a las áreas abiertas al público, luego de que denunció que desde abril se le impedía entrar para atender trámites, audiencias y asuntos pendientes.

La resolución fue emitida el 21 de septiembre por José de Jesús Rosales Silva, juez Tercero de Distrito, dentro del incidente derivado del amparo 1591/2026 promovido contra el Poder Legislativo.

Durante el procedimiento, el Congreso fue requerido para rendir un informe previo sobre la negativa de acceso, pero no lo presentó pese a encontrarse notificado. Por ello, con fundamento en el artículo 142 de la Ley de Amparo, el juez determinó:

“Se presume cierto el acto reclamado de la autoridad responsable Congreso del Estado de San Luis Potosí, toda vez que fue omisa en rendir su informe”.

Al analizar la apariencia del buen derecho para efectos de la suspensión, la resolución establece que “con motivo que se está impidiendo el acceso al recinto del Congreso del Estado de San Luis Potosí se están violentado sus derechos humanos, sin prejuzgar sobre el fondo del asunto”.

El juzgado ordenó que, si la restricción denunciada deriva de una orden verbal, el Congreso “deberá de concederle el acceso a dicha dependencia”. La medida no representa un ingreso irrestricto: únicamente comprende las áreas abiertas al público, dentro de los días y horarios establecidos y siempre que no exista un impedimento legal.

La determinación tampoco resuelve todavía el fondo del amparo. Se trata de una suspensión definitiva que permanecerá vigente mientras continúa el juicio.

La resolución judicial contrasta con la respuesta que Almendárez Prieto recibió un mes antes de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH).

El 13 de agosto solicitó al organismo medidas precautorias por la negativa de ingreso al Congreso y manifestó: “Desde el mes de abril la negativa de congreso es sistemática, ya que me cierran la puerta en la cara y se esconden”.

Sin embargo, el 21 de agosto la Unidad de Seguimiento de Recomendaciones rechazó concederlas al considerar que el caso no reunía las condiciones de gravedad, urgencia y posible daño irreparable.

“La negativa al ingreso de un edificio público, per se no representa gravedad y urgencia y la posibilidad de un daño irreparable”, argumentó la CEDH.

La Comisión determinó finalmente que “no ha lugar a dictarse medida precautoria” porque los actos denunciados no entrañaban hechos graves y urgentes ni prevenían un daño irreparable. No obstante, remitió la comparecencia a la Dirección de Canalización, Gestión y Quejas para que determinara lo procedente.

La restricción denunciada ocurre además mientras permanece sin aceptación la Recomendación 04/2024, emitida por la propia CEDH contra el Congreso por violaciones a derechos humanos de Almendárez Prieto.

Los documentos revelan que Marichuy interpuso ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) un recurso de inconformidad por la no aceptación de esa recomendación, registrado como CNDH/1/2026/172/RI.

La CNDH también ha requerido al Congreso información sobre la negativa a aceptar la recomendación. Mientras esa revisión y el juicio de amparo siguen pendientes, la suspensión federal mantiene vigente la obligación de permitir a Marichuy el acceso a las áreas públicas del Poder Legislativo en los términos establecidos por el juez.