Ayuntamiento no consultó a comunidades indígenas para presidir Unidad Especializada

Eduardo Delgado

Miembros de etnias Náhualt, Tenek, Otomí y Mazahua, impugnaron la reciente integración de la Junta Directiva de la Unidad Especializada de Atención de los Pueblos y Comunidades Indígenas del municipio de la capital.

El presidente municipal, Enrique Francisco Galindo Ceballos, le tomó protesta el lunes de la semana anterior y la impugnación fue interpuesta ante el Tribunal Electoral del Estado (TEE) el pasado miércoles.

Los inconformes sostienen que la conformación está “viciada de origen”, porque fueron violadas disposiciones constitucionales, de la federación y local, así como de la Ley de Consulta Indígena del Estado, pues no fueron consultados al respecto.

Las y los demandantes son: Reymundo Hernández Hernández de la etnia Náhuatl y de la comunidad Tecumeth; Aurelia Santiago de la comunidad Tan Posto´ot´s de la etnia Tenek; Guadalupe González García de la etnia Náhuatl de la comunidad Tlapetlantok.

Además, de las etnias Otomí y Mazahua, Mario Lucas Marcos y Francisco Ramírez Martínez, de las comunidades Aryu Raíz Arkñañho y Nusgomee Rii Niña Too Mee, respectivamente. 

Aducen que la integración de la junta “contraviene” sus derechos políticos electorales como representantes e integrantes de comunidades indígenas, “específicamente el de consulta, y el Libre determinación y nuestra Autonomía”.

Sostienen que el Ayuntamiento “tiene la obligación” de consultar todas las opiniones de los pueblos y comunidades indígenas del municipio, “respecto de todas aquellas situaciones que estemos involucradas y trastoca nuestros intereses, ya sea político, social, económico y cultural”.

Exigen a la autoridad municipal emitir y publicar “convocatoria de consulta abierta”, para la conformación de la Junta Directiva de la Unidad Especializada de Atención de los Pueblos y Comunidades Indígenas.

La presidenta ordenó registrar la demanda como Juicio para la Protección de los Derechos Políticos del Ciudadano, con la clave de expediente TESLP/JDC/017/2022, del índice del tribunal y requerirle al presidente municipal e integrantes del cabildo un informe circunstanciado al respecto.

Con fundamento en lo dispuesto en la Ley Orgánica del Tribunal Electoral del Estado y su Reglamento Interior, ordenó que recabada la documentación turne el expediente, informe y documentación, a la magistrada presidenta Dennise Adriana Porras Guerrero, para que esta proceda a la sustanciación de la impugnación.

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