Congreso de SLP no ha solicitado terna para elegir a un nuevo fiscal electoral: Torres Sánchez

Abelardo Medellín

El Congreso del Estado no ha solicitado al Poder Ejecutivo que se le envíe la terna de donde se elegirá al nuevo fiscal especializado en materia de Delitos Electorales, aseveró el secretario general de Gobierno, Guadalupe Torres Sánchez.

El pasado 9 de febrero, Javier Montalvo Pérez, quien ocupó la titularidad de la fiscalía, presentó su renuncia al cargo ante la oficialía de partes del Congreso del Estado por “razones totalmente personales”.

En su carta enviada al Legislativo, y con copia al fiscal general del Estado, José Luis Ruiz Contreras, el ex fiscal electoral explicó que su renuncia no requería ratificación o aprobación alguna para determinar su validez.

Sobre la terna que el Ejecutivo tendría que mandar para seleccionar al nuevo fiscal en la materia, el secretario general comentó:

“El Congreso local tiene que hacer sus trámites y en seguida informar al Ejecutivo que está vacante para que nosotros hagamos esa lista, esa terna. No ha sucedido esto, todavía no se notifica”.

Torres Sánchez afirmó que el Gobierno estatal reconoce que el Congreso todavía está procesando el trámite, y afirmó que la administración está al pendiente de que se solicite la terna para enviar la propuesta a la brevedad.

De acuerdo con el artículo 122 TER de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, la designación de los titulares de las fiscalías especializadas en delitos relacionados con hechos de corrupción, y en materia de delitos electorales, se realizarán en el mismo orden que se realiza la elección del fiscal general, misma que se explica en el artículo 122 BIS.

En dicho precepto, se establece que luego de que se solicite la terna al Poder Ejecutivo, el gobernador del Estado deberá enviarla y “la Legislatura hará la elección en el término de treinta días y por el voto de cuando menos las dos terceras partes de los diputados presentes en la sesión correspondiente”.

De igual manera, este artículo establece que, si vencido el plazo de 30 días el Congreso no ha hecho la elección, el titular del Ejecutivo procederá a hacer una designación entre las propuestas.

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