Congreso fue omiso en juicio político contra Almazán Cué: Tribunal Federal

Falta de una postura oficial de parte del Legislativo representó una violación del derecho humano al acceso a la justicia, dice Ortiz Monroy

Abelardo Medellín

El Congreso del Estado de San Luis Potosí deberá verificar si el juicio político contra Juan Paulo Almazán Cué reúne los requisitos de ley y, de ser así, reinstaurarlo y admitirlo a trámite, resolvió el juez primero de Distrito de San Luis Potosí en su sentencia para resolver el juicio de amparo número 372/2020-8, donde favorece al grupo de denunciantes representados por Adriana Monter Guerrero, quienes durante más de siete meses no habían recibido información oficial del Poder Legislativo sobre el estado en que se encontraba el juicio político que promovían contra el ex presidente del Supremo Tribunal de Justicia.

En la sentencia para resolver este amparo se explica que el Congreso del Estado y la Mesa Directiva del mismo habrían incurrido en la omisión de radicar y dar trámite legal “a la demanda de juicio político instaurado por la suscrita y los licenciados Emilio Agustín Ortiz Monroy, Julián Ruiz Contreras, Juan Fernando Salazar Hernández y Javier Pérez Contreras, en nuestro carácter de funcionarios públicos adscritos al Poder Judicial”, en contra de Juan Paulo Almazán, magistrado numerario recién ratificado que hace dos años ocupó el cargo de presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE) y del Consejo de la Judicatura del Estado.

Además, señala que las omisiones iniciales en las que habría incurrido el Legislativo tuvieron como consecuencia “la falta de ponderación del desempeño, méritos, cualidades, (eficiencia, probidad, competencia y antecedentes), capacidades y honorabilidad en el cargo de magistrado”, durante el proceso de ratificación que terminó por favorecer a Almazán Cué, y esto, según se lee en la sentencia, se puede interpretar como “la omisión del Estado Mexicano de garantizar que sólo ocupen los cargos de magistrado de los poderes judiciales de las entidades federativas”.

Dentro de la sentencia 273/2020 del 20 de octubre de este año, el juez primero de distrito determinó que los derechos fundamentales de los denunciantes fueron vulnerados y por ello otorgó el amparo y protección de la justicia federal a los quejosos; además, solicitó a la Comisión Instructora del Congreso del Estado que, en un plazo no mayor a 15 días contados a partir de que el fallo tome firmeza, se verifique si “se reúnen los supuestos de procedencia del juicio político y determinar lo que en derecho corresponda”, y estableció puntualmente que los quejosos deberán ser informados de la determinación que se tome.

“De alguna forma sigue la crisis al interior de la institución, es decir, la ratificación de este señor [Juan Paulo Almazán Cué] no es un carpetazo, es otra consecuencia más de los muchos señalamientos que el señor lleva arrastrando”, dijo en entrevista el juez Emilio Agustín Ortiz Monroy, uno de los denunciantes y promoventes del juicio político contra el ex presidente del STJE.

Emilio Ortiz comentó que desde julio pasado el grupo de denunciantes promovió el amparo 273/2020-8 para que el Congreso revelara el estado en que se encontraba el juicio político que habían iniciado ya hace meses: “la sentencia establece que la ley de juicio político no expresa un plazo concreto para que el Congreso proceda en consecuencia, lo que sí establece es que debe de actuar en un plazo razonable, entonces no es razonable que pasen siete meses, dice el juzgado de distrito […] el juzgado dice ‘a estas alturas el Congreso debió haberse pronunciado y no lo ha hecho’”.

De acuerdo con Ortiz Monroy, la falta de una postura oficial de parte del Congreso del Estado por siete meses frente a un asunto tan importante como lo es un juicio político de un servidor público que estaba en vías de ser ratificado, representó una violación del derecho humano al acceso a la justicia de los denunciantes.

A pesar de que la sentencia solicita que el Congreso local fije una postura respecto a este juicio político en no más de 15 días, Emilio Ortiz explicó que en realidad se le están otorgando 25 días hábiles, ya que se solicitó que su postura sea revelada 15 días luego de que la sentencia tome firmeza, lo que significa que se dará un periodo de 10 días antes de que comience a contarse el plazo para dar espacio a que se puedan interponer recursos legales contra la determinación.

“La verdad es que consideramos que existen elementos necesarios para llamar a cuentas a este señor [Juan Paulo Almazán Cué], sin prejuzgar ni poner calificativos, consideramos que hay elementos para que rinda cuentas, es la expectativa que tenemos respecto a este pronunciamiento donde un tribunal federal pide al Congreso que emita una postura”, comentó.

De acuerdo con Emilio Ortiz, el recurso se interpuso porque el Congreso no les había informado del estado de la denuncia, pero aclaró que esto es entendible en vista de los tiempos que maneja el Poder Legislativo: “a veces es muy difícil que ellos se apeguen a plazos que les señala la ley porque llevan sus propias agendas, pero dentro de eso la verdad es que incurren en este tipo de faltas y omisiones porque hay gente que espera la justicia y resulta que no llega porque los señores no se apegan a los plazos”.

Por último, agregó que ya se tienen previsiones en caso de que el Congreso del Estado deseche el juicio político contra Almazán Cué, como han hecho con procedimientos similares, porque “no podemos asegurar que lo van a meter a trámite, pero en caso de que se deseche, existen recursos legales que buscaríamos para evitar que se deseche”.

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