Aprueba Congreso eliminar ratificación para magistrados del STJE en SLP

Fernanda Durán

En sesión de Congreso del Estado fue aprobado el dictamen que elimina la posibilidad de ratificación y establece un periodo fijo de 10 años para las y los magistrados del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE), por lo que la minuta pasará a ser votada en los 58 Ayuntamientos de San Luis Potosí.

Con 26 votos a favor fue admitida la reforma al artículo 90 en sus párrafos quinto, séptimo, octavo, noveno, décimo, y décimo segundo; así como los artículos 97 y 98 de la Constitución Política del Estado, entre estos el que elimina la posibilidad de ratificación de los magistrados y además deroga el artículo 8° de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí.

“ARTÍCULO 97. Las y los magistrados del Supremo Tribunal de Justicia durarán en su encargo diez años; y sólo podrán ser privados de sus puestos en los términos establecidos en la presente Constitución.

Las magistraturas en ningún caso podrán ser ejercidas después de los setenta y tres años de edad de su titular”.

En tribuna, los grupos parlamentarios del Partido del Trabajo (PT) y el Partido Revolucionario Institucional (PRI) se posicionaron a favor, al argumentar que dicha reforma elimina un proceso interno que ha generado conflictos legislativos con el Poder Judicial Federal.

“No sabemos si se están metiendo en nuestra de decisión o tendríamos que irnos a un problema de tipo constitucional, esto nos ayuda a resolver este tipo de problemas y nos da una certeza de que lo que nombramos queda ratificado por 10 años”, explicó el diputado Alejandro Leal Tovias, del grupo parlamentario del PRI.

Además, el legislador consideró que esta modificación permitirá exactitud y profesionalismo en las resoluciones de los magistrados.

Al ser una reforma a la Constitución Política de San Luis Potosí, deberá ser aprobada por la mitad de los 58 Ayuntamientos, más uno, para que pueda publicarse el decreto en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis” y entrará en vigor 30 días después de su publicación.

A su vez, las y los magistrados que se encuentren en funciones sin ser ratificados, aún tendrán derecho a solicitar la ratificación.

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