Inteligencia Artificial: entre regular para aprovechar su uso o para sancionarlo

Por Victoriano Martínez

La necesidad de regulación sobre la inteligencia artificial (IA) volvió a estar como tema de La Mañanera del Pueblo este 17 de junio y, aunque la reportera que lo planteó mencionó el caso de la Ley Serrano como un intento que derivó en una injusticia, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo evitó referirse al caso potosino en específico.

Con su respuesta, Sheinbaum Pardo estableció una perspectiva de abordaje que contrasta con la experiencia local que se podría caracterizar como que en lo propuesto por la presidenta es primero discutir socialmente el tema para definir cómo regular, en tanto que en lo legislado por el Congreso del Estado fue primero regular y hasta con intención punitiva y después abrir el debate con la sociedad.

“Yo lo que dije es que es algo que tenemos que discutir socialmente. No se trata solo de que nosotros demos… sino que haya una discusión”, expresó Sheinbaum Pardo, para enseguida hablar de que no hay Ley de Inteligencia Artificial y comentar que se debe enfocar principalmente en aspectos educativos y de salud.

Tras algunos comentarios sobre los riesgos que representa la exposición de las niñas y los niños a las pantallas, incluso mencionar que llega al grado de reducir el número de horas de sueño con los efectos que esto produce, insistió en la necesidad de regulación, aunque enfocado en su uso.

“No quiere decir que no deba usarse la Inteligencia Artificial, pues obviamente es una herramienta muy importante, pero sí es muy importante que en México abramos esa discusión y tomemos decisiones pronto”, dijo.

Una cosa es regular para promover un buen uso de la tecnología que involucra a la inteligencia artificial y otra muy distinta partir de una intención de criminalización de su uso con tipos penales cargados de ambigüedades que abren la posibilidad de utilizarlos como instrumentos de control e intimidación para el ejercicio de la libertad de expresión.

La propuesta presentada por Artículo 19 y algunos ciudadanos al Congreso del Estado para que sean derogados los delitos incorporados al Código Penal del Estado con la Ley Serrano es un llamado a desandar una ruta que atentó contra el ejercicio de derechos humanos que no niega la necesidad de regular la inteligencia artificial, sino que busca la ruta del debate público.

La iniciativa de reformas presentada hace dos días por Álvaro Israel Leyva Frías en su carácter de ciudadano no plantea dar marcha atrás, sino ajustes que pudieran evitar la forma en que se pervirtió la aplicación de los tipos penales derivados de la llamada Ley Serrano.

Se trata de una postura que lleva el debate que debió ser previo a discutirlo como remedio para establecer con presunta claridad la necesidad de incorporar esos tipos penales al Código que difícilmente impedirá el uso que ya se le dio como inhibidor del ejercicio de la libertad de expresión.

Basta con señalar que en el caso de las acusaciones contra el personal de la Revista La Noticia la acusación no es por ninguno de esos delitos para alertar sobre el uso de cualquier tipo penal contenido en el Código como instrumento para intimidar el ejercicio periodístico.

El debate sobre el tema ya tiene antecedentes en México desde 2024 y ha generado un primer producto de consultas realizadas por el Congreso de la Unión: la “Propuesta de marco normativo para la inteligencia artificial (IA) en México Derivada del Informe Consolidado de los Seis Conversatorios Temáticos 2024-2025”.

Un documento que advierte que para construir una regulación en materia de inteligencia artificial las sanciones se deben contemplar únicamente ante violaciones graves, y establece la siguiente premisa:

“Las regulaciones con enfoque punitivo (sanciones) tienden a ser poco eficaces. Como lo ha evidenciado la experiencia europea, centrar la regulación en sanciones económicas o en la creación de nuevos tipos penales vinculados al mal uso de la inteligencia artificial suele ser una estrategia limitada, e incluso contraproducente en algunos casos.

“En general, los tipos penales existentes resultan suficientes, ya que se enfocan en la conducta antijurídica con independencia del medio utilizado para su comisión. Solo de forma excepcional deberán establecerse nuevos delitos, y únicamente cuando se trate de conductas que representen una grave violación identificable, y en las que la autoridad pueda atribuir con claridad la responsabilidad”.

La incorporación de los delitos al Código Penal estatal que se dio con la Ley Serrano no sólo llega como una imposición desde el poder, sino que ni siquiera toma en cuenta el debate iniciado hace dos años por el Legislativo federal.

La postura planteada este miércoles por Sheinbaum Pardo –sin referirse al caso de la Ley Serrano– marca distancia sobre incurrir en ese tipo de criminalización que atenta contra derechos humanos.