Juzgado Federal detecta contradicciones de la CEEAV; lo emplaza a cumplir sentencia

Por Victoriano Martínez

El Juzgado Octavo de Distrito del Noveno Circuito emplazó a la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas (CEEAV) a cumplir con una sentencia de amparo que ordena la reparación del daño de los afectados en Noria de San José por un desalojo violento de sus propiedades en junio de 2014.

Se trata de un caso en el que el entonces director del Área de Asesoría Jurídica de la CEEAV, Julio César García Meléndez, incurrió en prevaricato al representar a la empresa American Industries durante el desalojo, que incluyó la demolición de un restaurante.

“Atendiendo a las contradicciones destacadas de la autoridad responsable(…) hasta este momento no puede tenerse por cumplida la sentencia de amparo emitida en este juicio constitucional”, estableció el Juzgado en su acuerdo del pasado 8 de febrero.

La contradicción tiene que ver con dos informes que presentó la CEEAV relacionados con la sanción a García Meléndez por haber formado parte de los victimarios de los habitantes de Noria de San José cuando también era funcionario en el área de atención a víctimas, como se concluyó en la recomendación 07/2018 de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.

“Se determinó la existencia de responsabilidad administrativa por parte del servidor público antes señalado, siendo sancionado con inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones del servicio público por diez años, de ahí que, resulta innecesaria una medida distinta al respecto”, reportó la CEEAV al Juzgado en noviembre de 2022.

Le medida distinta que la CEEAV menciona como innecesaria corresponde a la disculpa pública a la que la institución fue condenada como parte del juicio de amparo 758/2020, como parte de la recomendación de la CEDH, luego de que el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Noveno Circuito otorgó la protección a las víctimas en agosto de 2022.

Ante el reclamo de las víctimas al detectar la falsedad de la supuesta sanción a García Meléndez con la intención de evitar la disculpa pública, la CEEAV presentó un nuevo informe este 24 de enero en el que reconoce la inexistencia de la sanción a García Meléndez.

“Informó que en el procedimiento administrativo se determinó la no existencia de elementos constitutivos de responsabilidad administrativa por parte de la citada persona en su calidad de Ex Director del Área de Asesoría Jurídica Estatal de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas”, cita el Juzgado en su acuerdo del pasado 8 de febrero.

El Juzgado Octavo de Distrito da un plazo de tres días para que la CEEAV acredite haber cumplido con la sentencia emitida por el Segundo Tribunal el 22 de agosto de 2022, con la advertencia de que se podría abrir a los funcionarios de la CEEAV el trámite de inejecución, que puede culminar con la separación de sus integrantes en el puesto y su consignación.

 

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