Fernanda Durán
A casi dos años del indulto que marcó un precedente en San Luis Potosí, la llamada Ley Sanjuana fue nuevamente presentada ante el Congreso del Estado como una iniciativa ciudadana que busca crear, por primera vez, una legislación específica para regular el beneficio del indulto y evitar que su aplicación dependa de criterios discrecionales.
La propuesta por Sanjuana Maldonado Amaya y el abogado José Mario de la Garza Marroquín, quienes solicitaron formalmente expedir la ley que regula el beneficio del indulto en el Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de establecer un procedimiento claro para otorgar este beneficio excepcional, actualmente previsto en la Constitución estatal.
En el documento, los promoventes argumentan que el indulto constituye una medida de gracia mediante la cual se puede perdonar total o parcialmente una pena impuesta por sentencia firme, pero advierten que su aplicación en el estado ha carecido de reglas precisas, lo que motivó la necesidad de establecer un marco jurídico específico.
La iniciativa retoma directamente el contexto del indulto concedido a Sanjuana Maldonado en junio de 2024, caso que, según el propio documento, evidenció fallas estructurales en el sistema judicial y la ausencia de mecanismos legales claros.
“El indulto a Sanjuana colocó los ojos de México y el mundo en San Luis Potosí”, se expone en la iniciativa, al señalar que este caso permitió visibilizar problemas como la criminalización de personas vulnerables, la falta de defensa adecuada y la inexistencia de legislación que garantice la legalidad y transparencia en estos procedimientos.
Además, se advierte que uno de los problemas centrales ha sido precisamente la falta de regulación sobre cómo debe resolverse un indulto, lo que deja en incertidumbre tanto a las personas privadas de la libertad como a las instituciones encargadas de resolver estas solicitudes.
La nueva promoción de la Ley Sanjuana ocurre después de la reforma constitucional publicada el 18 de diciembre de 2025, mediante la cual el Congreso del Estado trasladó al titular del Poder Ejecutivo la facultad exclusiva de conceder indultos, atribución que anteriormente correspondía al Poder Legislativo.
Dicha reforma también estableció la obligación de expedir una ley reglamentaria en un plazo máximo de 180 días naturales, con lo que refuerza la urgencia de contar con un marco jurídico específico.
Por esta razón, los promoventes señalan que su propuesta original debía ser actualizada para adecuarse a la nueva realidad constitucional, en la que el gobernador será quien resuelva estos casos, pero bajo reglas previamente establecidas.
Entre los elementos centrales de la iniciativa destaca la creación de un procedimiento formal para solicitar el indulto, así como la conformación de una Comisión Interdisciplinaria encargada de analizar cada caso.
La propuesta también contempla medidas para proteger a las víctimas, como restricciones para evitar que la persona indultada resida en el mismo lugar que el ofendido, y faculta a la Secretaría General de Gobierno para implementar medidas de protección cuando sea necesario.
Asimismo, plantea modificar la Ley Orgánica del Poder Legislativo para eliminar cualquier atribución del Congreso en materia de indulto, manteniendo únicamente su facultad de conceder amnistías.
En la exposición de motivos, los promoventes sostienen que contar con una ley específica es indispensable para garantizar certeza jurídica, transparencia y respeto a los derechos humanos.
Advierten que el indulto no debe ser una medida improvisada, sino una figura regulada, especialmente en casos donde existan elementos que indiquen errores judiciales o violaciones al debido proceso.
La iniciativa, turnada a las comisiones de Puntos Constitucionales, Gobernación y Primera de Justicia, concluye solicitando al Congreso su análisis y eventual aprobación, con el argumento de que la regulación del indulto es una tarea impostergable tras la reforma constitucional reciente y su precedente registrado en la entidad.





