Sanción a propaganda personalizada en medios: ¿será en adelante una realidad?

Alejandro Rubín de Celis 

La sanción impuesta por la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) a Ricardo Gallardo Cardona por promoción personalizada a través de spots difundidos en radio y televisión, sienta un precedente muy importante no sólo porque es la primera vez que un órgano electoral federal ─el INE─ denuncia  directamente por esta práctica a un aspirante a un cargo de elección popular en San Luis Potosí, sino porque es la primera ocasión que se penaliza a medios de comunicación electrónicos por prestarse a este tipo de esquemas de autopromoción ─que son violatorios de la Constitución­─ con tal de comercializar sus espacios.

Hay un antecedente de sanción por promoción personalizada dirigido nada menos que al ex alcalde Ricardo Gallardo Juárez, padre del precandidato del Partido Verde a la gubernatura del estado por el uso de la palabra gallardía en espectaculares y otros soportes,  la cual, por decisión del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac), con base en una resolución del TEPJF, se dejó en manos de la contraloría municipal, pero que no prosperó dado que ese órgano interno de control lo exoneró en su momento ─era juez y parte a la vez─.

En el caso de Gallardo Cardona, el tribunal electoral federal remitió su resolución a la Contraloría Interna de la Cámara de Diputados, la cual deberá definir y aplicar la sanción correspondiente de acuerdo a la ley, eso si es que el diputado federal con licencia no usa sus influencias y el chantaje ─del apoyo de los legisladores del  Verde para aprobar las reformas que impulsa la 4T─ y logra doblegar a ese órgano de control para evitar la penalización. Es de esperarse que así como no se permitió la imposición de Gallardo Cardona como precandidato de Morena a la gubernatura, la Cámara Baja, con mayoría de diputados de la 4T, tampoco permita que se evite el castigo al ex alcalde de Soledad.

En cuanto a la sanción a estaciones de radio y televisión dispuesta por la Sala Superior del TEPJF por prestarse a contratar tiempo aire para la autopromoción del aspirante a gobernador por el Partido Verde valiéndose de una campaña en la que ofrecía unidades móviles médicas con motivo de la contingencia sanitaria, se trata del primer caso en su tipo pues hay un antecedente de sanción en 2018 a la concesionaria Comunicación 2000 ─Canal 7 de televisión en SLP─ pero que se estableció por cobertura inequitativa en actividades de campaña al margen de los tiempo oficiales que otorga el INE, misma que favoreció al ex candidato priista a senador, Luis Antonio Mahabub Sarquis, quien además se comprobó tenía vínculos directos con la televisora como representante legal y por actividades administrativas al interior de la empresa. El tribunal condenó a la estación a pagar 685 mil 100 pesos de multa (aquí la sentencia, página 43).

Imagen extraída del spot auto promocional con las unidades médicas móviles.

Sobre los spots contratados por Ricardo Gallardo Cardona con medios electrónicos, el TEPJF determinó una amonestación pública para la empresa Nicola Tesla ─cuyo nombre comercial es Magnética­─, una multa a Canal 7 por 21 mil 720 pesos ─250 Unidades de Medida de Actualización, mejor conocidas como UMAS─, y otra a Multimedios por 52 mil 128 pesos ─600 UMAS─.

El monto de las sanciones es realmente ridículo en comparación con el daño que causa la propaganda personalizada, y así lo hizo notar la Magistrada Gabriela Villafuerte en la sesión del tribunal del pasado 27 de noviembre: “… a mí me parece que las multas que se proponen en el proyecto, no reflejan la gravedad, que desde mi punto de vista, tiene la infracción que podemos ver por un lado en el caso de la contratación con documentos que revelan efectivamente una actividad comercial, y en el caso de televisión, en donde se adujo libertad de expresión…”

Para la magistrada, la gravedad de las faltas al artículo 134 de la Constitución que prohíbe la autopromoción a través de nombres,  imágenes,  voces o símbolos de un servidor público, debieron traducirse en una multa de 390 mil 960 pesos para Multimedios ─4 mil 500 UMAS─  y de 521 mil 280 pesos ─6 mil UMAS─ para el Canal 7, por resultar más grave su falta.

En ese sentido un nuevo desafío es definir en la ley y aplicar en la práctica sanciones ejemplares que, por un lado, inhiban la voluntad del servidor púbico de comprar propaganda personalizada y, por otro, que los medios eviten firmar contratos con ese tipo de clientes para la difusión ilegal de contenidos de autopromoción, con  tal de comercializar sus espacios publicitarios.

Ya se han dado algunos pasos en la dirección correcta de legislar para evitar la propaganda personalizada en medios electrónicos ─y hasta digitales pues el 134 constitucional se refiere a “cualquier modalidad de comunicación social” ─ y de atender e investigar denuncias por promoción ilegal, pero han sido insuficientes para garantizar equidad en las contiendas electorales. Hace falta mayor vigilancia a las acciones de los actores políticos que acusan señales tendientes a obtener candidaturas para alcanzar cargos de elección popular, y ampliar los criterios para sancionar los actos anticipados de campaña a fin de que no se queden sólo en identificar frases que llamen a votar por una persona.

¡Cuidado con el movimiento Abre Mi Escuela!

En redes sociales ha surgido un singular movimiento pro apertura de escuelas en medio de la pandemia de Covid-19 que se denomina Abre Mi Escuela.

Sin que haya un responsable de los contenidos que se publican, simplemente se define como una “Organización comunitaria” que busca el regreso de los niños a las aulas bajo el argumento de que asistir a clases presenciales es indispensable para el desarrollo integral de los menores y no se debe postergar más.

Sus promotores se quejan de que en semáforo naranja las autoridades han permitido la apertura de lugares públicos como bares, plazas y restaurantes, mientras las escuelas permanecen cerradas, y de manera simplista se preguntan “¿y las escuelas cuándo?”.

Publican artículos y videos con analistas y personas proclives a la reapertura de los planteles educativos. También refieren instituciones prestigiosas que han hecho estudios y encuestas que demuestran que la educación a distancia empeora el aprendizaje, que el contagio del virus en niños es significativamente menor al de los adultos, y que se aporta mucho más a la educación de los menores si se regresa a las aulas con las debidas medidas de prevención de contagios.

Han creado una petición a través de citizengo.org para que la gente la firme y enviarla al presidente Andrés Manuel López Obrador con el fin de lograr la reapertura de escuelas en una coyuntura en la que lo peor de la pandemia puede venir a principios del año próximo.

“Buscamos que se revisen y lleven a cabo las estrategias y que a su vez puedan ser revisadas en estrecha comunicación con padres de familia, docentes y sociedad en general, para así permitir la reapertura de las escuelas tanto públicas como privadas y en todos los niveles de educación durante este tiempo de crisis global, determinando que la educación por medio de su proceso enseñanza-aprendizaje sea declarada actividad esencial”, dice un fragmento de la petición dirigida al Presidente.

Es muy probable que quienes están detrás de este movimiento sean dueños de escuelas particulares que quieren recobrar los jugosos ingresos que percibían antes de que iniciara la pandemia y que, a través de los directivos de sus negocios hayan convencido a padres de familia para que los apoyen.

Las autoridades competentes no deben aceptar presiones de personas o grupos clandestinos y menos para aceptar que los niños regresen a las aulas en un contexto de alto riesgo para su integridad física.

Las amables lectoras y lectores de este texto pueden acceder a la cuenta de Facebook de Abre Mi Escuela para conocer más acerca los objetivos y acciones de este grupo, a través del siguiente vínculo: https://m.facebook.com/abremiescuela/

 

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