SCJN vuelve a requerir al Congreso avances en consultas indígenas y de discapacidad

Fernanda Durán

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) volvió a requerir al Congreso del Estado de San Luis Potosí que informe avances concretos para cumplir con la sentencia dictada en la acción de inconstitucionalidad 141/2022 y su acumulada 152/2022, relacionadas con reformas a la Ley Electoral que fueron invalidadas por falta de consulta previa a pueblos y comunidades indígenas, afromexicanas y personas con discapacidad.

De acuerdo con la lista de notificaciones de la Sección de Trámite de Controversias Constitucionales y Acciones de Inconstitucionalidad, el máximo tribunal tuvo por recibidos los oficios y anexos remitidos por la Coordinación de Asuntos Jurídicos del Congreso del Estado, mediante los cuales el Poder Legislativo desahogó un requerimiento previo que data del 23 de abril de 2026.

En esa documentación, el Congreso informó a la Corte que la Coordinación de Finanzas realizó un análisis presupuestal en el que se desglosa el costo que implicaría llevar a cabo las consultas ordenadas a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como a personas con discapacidad.

También remitió constancias de reuniones de trabajo sostenidas entre el Congreso y personal de la Suprema Corte, cuyo objetivo ha sido informar los avances para cumplir con la sentencia. Entre esas acciones, se destacó la participación de un Congreso de otra entidad federativa, que expuso el procedimiento utilizado para consultar a sectores similares de su población, con la finalidad de orientar al Poder Legislativo potosino.

Sin embargo, la Corte no dio por cumplida la sentencia ni consideró agotado el procedimiento. Por el contrario, requirió nuevamente a la presidenta de la Directiva del Congreso del Estado, Sara Rocha Medina, para que en un plazo de 10 días hábiles continúe informando los avances encaminados al cumplimiento, es decir, realizar la consulta a pueblos y comunidades indígenas, así como a personas con discapacidad, y acompañar copia certificada de las constancias necesarias para acreditar lo informado.

El nuevo requerimiento confirma que los análisis presupuestales, reuniones institucionales y reportes de trabajo presentados hasta ahora por el Congreso forman parte del seguimiento, pero no sustituyen la obligación de realizar las consultas ordenadas por la SCJN.

Además, la Corte apercibió a la presidenta de la Directiva que, en caso de no desahogar el requerimiento, se le podrá imponer una multa de hasta 120 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, es decir 14 mil pesos, como medida de apremio aplicable sobre su patrimonio personal.

Este nuevo pronunciamiento ocurre en medio de los intentos del Congreso por definir una ruta para las consultas, luego de meses en los que ha planteado dificultades presupuestales, la elaboración de protocolos, posibles convenios con el Ejecutivo estatal y reuniones con distintas instituciones para evitar que los ejercicios vuelvan a ser invalidados.

Las consultas pendientes derivan de reformas a la Ley Electoral del Estado aprobadas en 2022 que fueron invalidadas parcialmente por la Suprema Corte al no haberse consultado previamente a pueblos y comunidades indígenas, afromexicanas y personas con discapacidad.

Entre los temas afectados se encuentran disposiciones sobre representación indígena en ayuntamientos y órganos electorales, así como acciones afirmativas y mecanismos de participación política para personas con discapacidad. La sentencia obliga al Congreso a reponer el procedimiento mediante consultas previas antes de volver a legislar sobre esos asuntos.