Fernanda Durán
El Tribunal Electoral del Estado (TEE) concedió al Congreso del Estado una prórroga extraordinaria de 180 días naturales para cumplir con la sentencia que le ordena modificar la legislación local y reconocer los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, luego de que venciera el plazo original de 90 días sin que se completaran las reformas correspondientes.
La determinación fue aprobada por unanimidad durante la sesión de este jueves 8 de octubre, mediante un acuerdo plenario del expediente TESLP/JDC/04/2026, promovido por Rafael Reyes Martínez y otras personas integrantes de comunidades indígenas, quienes denunciaron la omisión del Congreso para adecuar las leyes estatales a la reforma del artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El nuevo plazo comenzará a contar a partir de la notificación formal del acuerdo al Congreso, por lo que el vencimiento dependerá de la fecha en que sea notificado. Además, el Tribunal advirtió que podrá imponer medidas de apremio si detecta inactividad, retrasos injustificados o cualquier conducta que impida cumplir la sentencia.
La resolución tiene como antecedente el fallo del 24 de marzo de 2026, cuando el Tribunal Electoral declaró existente una omisión legislativa porque el Congreso no había armonizado integralmente la legislación estatal con la reforma constitucional federal publicada en septiembre de 2024.
Esta reforma reconoce a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas como sujetos de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, además de fortalecer sus derechos a la libre determinación, autonomía y formas propias de organización y gobierno.
Entre los aspectos que deben atenderse se encuentran las disposiciones relacionadas con el reconocimiento de sus autoridades, sus sistemas normativos internos y el ejercicio de sus derechos colectivos, lo que también tiene implicaciones para las comunidades que buscan elegir a sus autoridades municipales mediante usos y costumbres, en lugar del sistema tradicional de partidos políticos.
En la sentencia original, el Tribunal otorgó al Congreso 90 días naturales para realizar las adecuaciones correspondientes, plazo que concluyó el 23 de junio.
Durante ese periodo, el Poder Legislativo presentó documentación sobre distintas acciones encaminadas al cumplimiento, incluida la publicación del Decreto 0518, mediante el cual se reformó el artículo 9 de la Constitución Política del Estado.
Sin embargo, en una revisión anterior, el Tribunal determinó que esa modificación representaba únicamente una parte de las obligaciones pendientes, pues la sentencia exigía una armonización integral del marco jurídico estatal y no solamente una reforma constitucional. Por ello, mantuvo al Congreso en vías de cumplimiento, sin considerar concluida la obligación legislativa.
Posteriormente, el 19 de junio, el coordinador de Asuntos Jurídicos del Congreso solicitó una ampliación del plazo, bajo el argumento de la naturaleza y complejidad de las reformas pendientes, así como de la necesidad de desarrollar las diferentes etapas del procedimiento legislativo.
Al presentar el nuevo proyecto durante la sesión de este 8 de octubre, explicaron que se proponía conceder la ampliación por única ocasión, con el propósito de permitir que el Congreso concluya las adecuaciones ordenadas.
La resolución también señala que, una vez vencido el nuevo plazo, el Congreso tendrá tres días para informar al Tribunal sobre las acciones realizadas y entregar la documentación que permita acreditar el cumplimiento.
Asimismo, los magistrados advirtieron que la ampliación no significa que el Poder Legislativo pueda permanecer inactivo durante los seis meses concedidos, pues el órgano jurisdiccional podrá intervenir si advierte retrasos injustificados.
La nueva prórroga corresponde específicamente a la obligación de armonizar la legislación estatal con la reforma federal al artículo 2 constitucional, pero el Congreso también enfrenta otros procedimientos judiciales relacionados con los derechos políticos de las comunidades indígenas.
Entre ellos se encuentra el expediente TESLP/JDC/06/2026, mediante el cual el Tribunal confirmó que corresponde al Poder Legislativo atender la solicitud de consulta presentada por habitantes de Tancanhuitz, Tanlajás y San Antonio, quienes buscan analizar la posibilidad de cambiar el sistema de elección de sus autoridades municipales por uno basado en sus usos y costumbres.
De manera paralela, el Poder Legislativo mantiene pendientes las consultas ordenadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en las acciones de inconstitucionalidad 141/2022 y su acumulada 152/2022, relacionadas con disposiciones de la Ley Electoral que afectan a pueblos indígenas, comunidades afromexicanas y personas con discapacidad.
Aunque estos procedimientos tienen fundamentos y obligaciones diferentes, todos forman parte de los pendientes legislativos relacionados con el reconocimiento y ejercicio de derechos de grupos que deben ser consultados antes de aprobar disposiciones que puedan afectarles.





