Un servicio público obligado a atender urgencia por orden judicial

Por Victoriano Martínez

La creación de un programa conjunto para garantizar la protección al medio ambiente, impedir la contaminación del agua y garantizar el suministro de agua salubre, respecto del crecimiento y reproducción del lirio acuático en el cuerpo de agua ‘Presa de San José’, tendrá que darse en los próximo 30 días por una orden del Poder Judicial Federal.

De esa determinación, a cargo del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Noveno Circuito, llaman la atención dos puntos: (1) que el programa debe ser conjunto, es decir, coordinado entre dependencias con antecedentes más de confrontación que de colaboración y (2) que el asunto tenga que ver con el lirio acuático en la Presa San José, hoy en el abandono.

Los servidores públicos que tendrán que coordinarse son el gobernador, el secretario de Ecología y Gestión Ambiental, el director de la Comisión Estatal del Agua y el Interapas, todos señalados en el Amparo en revisión 366/2019, deducido del juicio de amparo indirecto 729/2018-VI tramitado en el Juzgado Octavo de Distrito.

De uno u otro modo, entre tales dependencias la coordinación no resulta ser su fuerte, y como muestra el Plan Emergente ante la crisis hídrica que se convirtió en territorio de disputas por protagonismos electoreros.

El sólo hecho de que la Justicia Federal se vea obligada a ordenar esa coordinación deja claro que eso es justamente lo que falta entre ellas… y una de las manifestaciones más graves es el abandono en el que se encuentra la Presa San José.

Mientras el lirio acuático invadió la Presa San José hasta apropiarse completamente del embalse, del otro lado de la cortina los tradicionales paseos de fin de semana comenzaron a mermar. Un daño que no sólo afecta la parte de abastecimiento de agua a la ciudad que cubre la presa, sino también a tradiciones que comienzan a perderse.

En sentido general, el contenido del amparo, promovido por la organización ecologista Cambio de Ruta, hace hincapié en los efectos negativos del descuido en el que se tiene a la Presa, en tanto que los servidores públicos señalados como responsables se esfuerzan por subsanar tales señalamientos con el desvío de la atención hacia la simple negación de esos efectos.

“No basta con que las autoridades responsables nieguen la existencia de la afectación reclamada, puesto que lo que deben demostrar, atendiendo al principio precautorio, es que no existe la omisión que se les imputa”, señalaron los magistrados en su sentencia que revoca el sobreseimiento dictado por la Juez Octavo de Distrito.

En otras palabras, en el problema que se convirtió en algo tan grave como la inutilización de la Presa San José, tanto el gobernador como el secretario de Ecología y Gestión Ambiental, el director de la Comisión Estatal del Agua y el Interapas quedan expuestos como omisos en obligaciones que, si antepusieran el servicio público y no sus afanes propagandísticos, el lirio estaría en vías de extinguirse en lugar de proliferar en las proporciones actuales.

El programa conjunto, que los obliga a coordinarse, es lo que los obligará a que haya colaboración, pero se les ordenan dos acciones más:

(i) un subprograma de trabajo para la implementación del plan conjunto con lineamientos concretos de actuación que deberán llevar a cabo cada una de ellas, en el ámbito de sus competencias respectivas; y,

(ii) un cronograma de actuación con objetivos a corto, mediano y largo plazos a partir de lo establecido en el programa conjunto.

La buena noticia es que se han dado condiciones obligatorias para que las distintas autoridades que tienen que ver con el lirio en la Presa San José actúen. La mala es que se trata de una clara exhibición de la irresponsabilidad de los servidores públicos, quienes tienen que ser objeto de órdenes judiciales para cumplir lo que por obligación de su función deben atender.

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