Wirikuta, la disputa por el derecho a ser consultados

Por Victoriano Martínez

Cuando el pasado 11 de marzo el Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado dejó insubsistentes 44 concesiones mineras en el Área Natural Protegida (ANP) Sitio Sagrado Natural Wirikuta el Consejo Regional Wixárika anunció un recurso de revisión sobre la sentencia por no haber incluido 23 concesiones fuera de la ANP.

A siete meses, la Secretaría de Economía también ha interpuesto un recurso de revisión que busca revocar la sentencia por considerar que no se acreditan las razones para dejar insubsistentes las 44 concesiones mineras.

Si la impugnación por parte de la instancia federal aparece con tanto retraso, según se explica en su escrito, fue porque se les notificó la sentencia hasta el 23 de septiembre, lo que les permitió un plazo hasta el 7 de octubre para presentarla.

Aunque la Secretaría de Economía argumenta haber autorizado las concesiones antes de la declaratoria del ANP, el punto medular en la justificación del recurso de revisión tiene que ver con la consulta a los pueblos indígenas antes de tomar una decisión que los afecta y que debe ser previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe.

La Secretaría de Economía señala que el juez debió considerar que las concesiones son actos consumados de modo irreparable porque fueron expedidas en virtud de que sus titulares cumplieron los requisitos que establece la Ley Minera y su reglamento, además de que se otorgan de manera discrecional a partir de la evaluación de la solicitud del particular.

El hecho es que entre los agravios manifestados por el pueblo Wixárika se reclama la falta de esa consulta para otorgar las concesiones y el juez se los reconoce como un derecho:

“Si bien no debe estar prohibida la emisión de concesiones para la exploración y explotación de recursos naturales en territorios indígenas o tribales, para que el estado pueda hacerlo, además de realizar las evaluaciones de impacto ambiental y social, es necesario cumplir con el derecho a la consulta”, señaló en la sentencia el juez Diego Galeana Jiménez.

El Consejo Regional Wixárika por la Defensa de Wirikuta consideró entonces que la sentencia se quedó corta, pues consideran que 23 concesiones fuera de la ANP también los afecta y, en consecuencia, debieron ser declaradas insubsistentes.

Una clara confrontación entre la defensa de su territorio por parte de la comunidad Wixárika y la postura de la Secretaría de Economía en defensa de la discrecionalidad en el otorgamiento de concesiones como vía para garantizar la actividad económica del Estado.

“…de considerar que se debe ceder el derecho de audiencia a efecto de otorgar una concesión minera, se estaría restringiendo la facultad del Ejecutivo Federal contemplada en el artículo 27 constitucional, provocando un perjuicio al interés social al impedirse al Estado la autorización para otorgar dicha concesión…”, se dice en el recurso de revisión.

Una postura que contrasta con la quinta exigencia manifestada por el Consejo Regional Wixárika por la Defensa de Wirikuta al fijar su postura ente la sentencia del 11 de marzo:

“5. Que el Estado Mexicano cumplan con las recomendaciones de la UNESCO, sobre la reciente inscripción de la ruta de peregrinación de los lugares y sitios sagrados de Wirikuta a la lista del patrimonio mundial de la UNESCO (12/07/2025). Como la prohibición de actividades mineras en la zona, garantizar el derecho de paso para la peregrinación y fortalecer el Plan de Manejo bajo la coordinación de nuestro Pueblo Wixárika (por conducto del Consejo Regional Wixárika) y el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH)”.

Además, la determinación del juez no deja insubsistentes las concesiones mineras sin ninguna alternativa. La resolución establece la posibilidad de volver a expedir los 44 títulos de concesión minera, siempre y cuando cumplan con las condiciones y requisitos legales, entre los que sobresale tomar en cuenta a las comunidades indígenas afectadas, en este caso la comunidad Wixárika.

Si la sentencia abrió amplias posibilidades para la defensa del territorio por parte de indígenas, ejidatarios y comuneros que tradicionalmente han sido víctimas de acoso minero, industrial e inmobiliario, la impugnación por parte de la Secretaría de Economía muestra que –como señaló el Consejo Regional Wixárika por la Defensa de Wirikuta– la lucha debe seguir en pie.