La opacidad sobre el ISEC y un adelanto sobre cómo exigir transparencia

Por Victoriano Martínez

Sobre la opacidad del gobierno de Ricardo Gallardo Cardona no existe ninguna duda y sí muchos los ejemplos de la forma en que oculta la información, prácticamente de cualquier determinación que involucre el uso de los recursos públicos, incluso con la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública (CEGAIP) como encubridora.

Sobre la forma en que la población tendrá que hacer valer su derecho de acceso a la información pública una vez desaparecida la CEGAIP (no por no ser útil a la gallardía, sino porque así lo marcó la tendencia federal), el amparo concedido a Luis González Lozano y Cambio de Ruta deja ver algunas pistas sobre una forma de proceder y los tiempos para la resolución.

El 6 de junio de 2025, con la presentación de una solicitud de información a la Secretaría de Finanzas, marca el inicio de la intención de González Lozano por obtener diversa información de la Secretaría de Finanzas relacionada con el Impuesto sobre Emanaciones Contaminantes (ISEC), al que comúnmente se le conoce como impuesto ecológico.

La Unidad de Información de la Secretaría de Finanzas le respondió el 19 de junio, dentro del plazo legal, con el oficio SF/UT/038/2025 en el que reproduce todos los puntos de la petición de información y le da respuesta en un solo párrafo:

“Por este conducto, me permito señalar que la dirección electrónica y/o enlace https://d3dac9gdq8t83x.cloudfront.net/media/archivos/TOMO_3uDzPcmZ.pdf tiene acceso de forma directa con la información solicitada en la presente”. Al tratar de abrir el enlace esta madrugada marzo un error.

El 7 de agosto de 2025, Lozano González volvió a ingresar su petición, pero esta vez a través de la Oficialía de partes de la Secretaría de Finanzas, por lo que el trámite se consideró como derecho de petición. Aunque se le atendió con el oficio SF/UT/195/2025, de fecha 12 de agosto de 2025, se lo notificaron hasta el 27 de febrero de 2026, cuando el juicio de amparo ya se encontraba en curso.

Fue el 16 de diciembre de 2025 cuando González Lozano presentó su solicitud de juicio de amparo por la falta de respuesta y el pasado 26 de mayo el Juez Segundo de Distrito dictó la sentencia que se lo otorgó y ordenó a la Secretaría de Finanzas la entrega de la información.

Pasaron 161 días naturales (94 días hábiles) entre la presentación de la solicitud de amparo y la resolución. Un periodo que supera en más de 40 días hábiles el plazo que aún está vigente si el reclamo se hubiera tramitado como recurso de revisión ante la CEGAIP, donde se corría el riesgo de que ese organismo le diera la razón a la Secretaría de Finanzas.

Entre los puntos de la sentencia de amparo –que será la ruta principal que sustituya el actual recurso de revisión ante la CEGAIP– destaca que la Juez Gabriela Romero Rangel señala la falta de motivación y fundamentación, además de que establece que la respuesta es incompleta por no proporcionar directamente la información requerida.

La Juez ordena a la Secretaría de Finanzas que, “con libertad de jurisdicción, de manera fundada y motivada, dé contestación a la petición de la parte quejosa, subsanando las deficiencias advertidas y notificarlo a la brevedad”.

Lo que sigue será ver qué tan efectiva resulta la orden de un Juzgado Federal y si el recorrido resulta igual de incierto como en el cumplimiento de las resoluciones de la CEGAIP con un juego de simulaciones de nuevas respuestas y requerimientos para sus ajustes, mientras el tiempo avanza y el solicitante no logra obtener la información que requiere.

La postura de Ariana García Vidal, secretaria de Finanzas, sólo confirma la vocación de opacidad del gobierno de Gallardo Cardona al anteponer al derecho de acceso a la información pública el prejuicio de afirmar que quienes han interpuesto amparos lo hacen para no pagar el ISEC.