ANP Sierra de San Miguelito: ¿pretexto para desincorporar tierras ejidales?

Por Victoriano Martínez

Aunque los intentos por revertir el decreto que declara como Área Natural Protegida en la modalidad de Área de Protección de Flora y Fauna a la Sierra de San Miguelito cada vez tienen menos posibilidades jurídicas de proceder, no cesan y se reciclan y replantean motivos.

Tras la publicación en el Diario Oficial de la Federación del decreto presidencial el 13 de diciembre de 2021, durante las primeras seis semanas se presentaron 22 solicitudes de juicios de amparos, principalmente por autoridades ejidales y comunales bajo el argumento de que la determinación implicaba el desalojo de sus tierras.

Hubo suspensiones provisionales aparentemente en ese sentido, aunque incluían la aclaración sobre los actos reclamaros: “siempre que éstos pudieran tener como consecuencia de manera inequívoca, la privación total o parcial, temporal o definitiva de la propiedad, posesión o disfrute de sus derechos agrarios”.

Cuando se dio la primera suspensión, en el expediente 1336/2021 promovido por Anselmo Pérez Pérez y Otros en el Juzgado Tercero de Distrito, se pretendió presentar como un revés para el decreto con publicaciones en medios con titulares como “Amparo tira área natural protegida de Sierra de San Miguelito”, en periódico Pulso.

Para marzo de 2023, de acuerdo con Humberto Adán Peña Fuentes, comisionado nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP), sólo se mantenían vigentes y se atendían cuatro amparos, en los días previos a la publicación del Programa de Manejo, que representaría una protección adicional a la Sierra de San Miguelito.

El Programa de Manejo para la ANP Sierra de San Miguelito se publicó el viernes 18 de junio de 2024 como instrumento rector de las actividades permitidas dentro del polígono protegido, lo que aclaraba que no existía ningún desalojo o despojo de tierras, sino que se trata de controlar el deterioro de los ecosistemas con proyectos alternativos y la promoción de actividades de desarrollo sustentable.

Se llegó a plantear como alternativa que los comuneros de San Juan de Guadalupe hicieran valer la clasificación como urbanizables que se le dio a 527 hectáreas del proyecto Las Cañadas para reclamar derechos adquiridos que se utilizaran para tratar de anular el decreto de la ANP.

Con argumentos similares, El Ejido Terrero había obtenido un amparo para ser desincorporado de la ANP, pero el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Noveno Circuito lo revocó con el criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que establece que “El Estado puede establecer restricciones legítimas al uso de la tierra cuando exista un interés público, como la protección del medio ambiente y los recursos naturales”,

Un criterio que frenó además los intentos por desincorporar al menos 37 mil 813.75 hectáreas de los ejidos Estancia de Calderón y Emiliano Zapata-Jesús María, y le otorgó un mayor blindaje jurídico a la ANP Sierra de San Miguelito.

La denuncia-consulta de ejidatarios y ejidatarias de la comunidad de Bledos, en Villa de Reyes, ante la Procuraduría Agraria (PA) sobre acciones que el comisariado llevado a cabo contra el decreto de la ANP Sierra de San Miguelito, ahora presuntamente financiadas con recursos federales es un embate más.

Un embate que insiste en engañar con el argumento de que el decreto los despoja y altera su territorio ejidal pero que además sirve de base para tratar de convencer a quienes tienen derechos ejidales para parcelar y privatizar parte de su Ejido. ¿Quiénes serán los compradores beneficiados?

A casi cinco años de la declaratoria de ANP para la Sierra de San Miguelito, los embates en contra del decreto parecen también convertirse en justificación para otro objetivo muy común entre los depredadores inmobiliarios: despojar a los ejidatarios de sus tierras por la vía de lograr adquirir el dominio pleno de sus parcelas.