Fernanda Durán
A casi un año de que el Cabildo de San Luis Potosí aprobara la creación de la Unidad Especializada para la Atención de las Poblaciones LGBTIQ+, concebida para desarrollar políticas públicas, atender casos de discriminación y promover la inclusión, la información oficial revela una estructura administrativa limitada: una sola plaza identificada, ausencia de presupuesto propio y ningún registro localizado de gastos en programas, campañas, capacitaciones u otras actividades distintas del pago de personal entre noviembre de 2025 y julio de 2026.
Pese a estas condiciones, el gobierno encabezado por Enrique Galindo Ceballos incluyó la creación de la Unidad entre los logros de su informe anual y reportó un cumplimiento del 77 por ciento en las acciones dirigidas a la comunidad LGBTIQ+, sin precisar cuáles fueron desarrolladas directamente por la nueva instancia ni presentar cifras sobre personas atendidas, asesorías otorgadas o casos de discriminación atendidos. Durante la presentación pública del informe en la Plaza de Fundadores tampoco hubo menciones específicas a las acciones o temáticas relacionadas con estas poblaciones.
Los hallazgos derivan de solicitudes de acceso a la información pública presentadas por Ariel Varela García ante el Ayuntamiento, mediante las cuales requirió datos sobre presupuesto, personal, manuales administrativos, protocolos y mecanismos de coordinación de la Unidad. Las respuestas, emitidas entre agosto y septiembre de 2026 por distintas dependencias municipales, fueron contrastadas con registros de transparencia, el dictamen de creación y el informe anual.
De trece atribuciones a una sola plaza identificada
La creación de la Unidad fue impulsada mediante una iniciativa presentada el 9 de abril de 2025 por los regidores Irene Margarita Hernández Fiscal, Jorge Alberto Zavala López y Beatriz Adriana Urbina Aguilar, con el propósito de incorporar una instancia especializada para atender las necesidades de las poblaciones LGBTIQ+.
Durante su análisis se realizaron mesas de trabajo con organizaciones civiles y activistas, entre ellas Todes Trans, Abogada Disruptiva, Red Nacional de Juventudes Diversas, Juntos A.C., Lúminas Centro de Derechos Humanos e Impulso Trans.
El dictamen fue aprobado el 31 de octubre, en sesión de Cabildo para la creación de la Unidad, cuya reforma incorporó el artículo 197 Quinquies al Reglamento Interno del Municipio, con trece atribuciones que incluyen diseñar e implementar programas, desarrollar capacitaciones para servidores públicos, promover la participación ciudadana, atender situaciones de violencia o discriminación cometidas por personal municipal, proporcionar orientación jurídica y establecer mecanismos de coordinación con otras instituciones y organizaciones civiles.
Sin embargo, los registros de obligaciones de transparencia correspondientes a julio de 2026 únicamente identifican una plaza de confianza adscrita a la Unidad, denominada Coordinadorx Especializadx “D”, ocupada por Adrián Barrios Muñoz.
En el registro de remuneraciones del mismo periodo aparece con un sueldo mensual de 35 mil 478 pesos, cantidad que se consigna tanto en los apartados de remuneración bruta como neta. No se identificaron plazas adicionales de atención jurídica, capacitación, vinculación o apoyo administrativo adscritas directamente a la instancia.
Tampoco se localizaron registros equivalentes de la Unidad ni de distintas áreas del ayuntamiento en los reportes de plazas examinados para agosto y septiembre, por lo que no es posible determinar si su plantilla permaneció sin cambios o fue modificada.
Aunque una estructura reducida no significa necesariamente que las funciones no puedan desarrollarse mediante la colaboración con otras dependencias, las respuestas oficiales tampoco permiten esclarecer qué personal adicional participa en su operación ni cómo se distribuyen las responsabilidades previstas en el reglamento.
Se ordenó prever recursos, pero Tesorería reconoce que no tiene presupuesto propio
El artículo tercero transitorio del dictamen aprobado en octubre de 2025 estableció que la Tesorería Municipal debía incluir en el proyecto de Presupuesto de Egresos de 2026 los recursos necesarios para garantizar la operación de la Unidad Especializada.
Sin embargo, en respuesta a la solicitud de información 240474426000430, Tesorería reconoció que la instancia se encontraba sectorizada a la Secretaría General del Ayuntamiento y que, por tratarse de una dirección de nueva creación, todavía no contaba con presupuesto propio.
La dependencia tampoco proporcionó un desglose de recursos para servicios personales, materiales, suministros o servicios generales, ni identificó cuánto se había ejercido específicamente para su funcionamiento. La respuesta impide determinar cuánto dinero se destinó efectivamente a la Unidad y bajo qué conceptos.
La contestación de la propia instancia resulta aún más significativa. Mediante el oficio UEAPLGBTIQ+/060/2026, informó que realizó una búsqueda en sus archivos físicos y electrónicos sobre los recursos ejercidos entre el 26 de noviembre de 2025 y el 30 de julio de 2026.
Como resultado, señaló que no localizó registros que acreditaran gastos para programas, acciones, campañas, proyectos, capacitaciones, eventos, consultorías, subsidios o cualquier actividad distinta del pago de servicios personales. Por tanto, tampoco proporcionó montos ejercidos, desgloses presupuestales ni documentación comprobatoria de esas actividades, evidenciando que no se acreditaron gastos operativos específicos para buena parte de las funciones que justificaron su creación, mientras sí existe una plaza de coordinación identificada y remunerada.
Manuales sin acreditarse y respuestas fragmentadas
Las limitaciones también alcanzan a su organización interna. El artículo 197 Quinquies establece que la Unidad contará con las áreas administrativas previstas en el Manual General de Organización y que sus funciones deberán desarrollarse mediante instrumentos específicos y manuales de procedimientos.
Sin embargo, ante la solicitud 240474426000429, en la que se requirieron estos documentos, el organigrama y la relación de plazas, la Dirección de Recursos Humanos respondió que el Manual General de Organización del Ayuntamiento se encontraba en proceso de actualización.
En lugar de proporcionar los manuales específicos de la Unidad, remitió al Reglamento Interno municipal y a un archivo general de transparencia para que la persona solicitante determinara por su cuenta cuántas plazas correspondían a la instancia.
Algo similar ocurrió con los protocolos de atención. En la respuesta al folio 240474426000431, el Ayuntamiento recurrió principalmente a las atribuciones y procedimientos de la Coordinación Municipal de Derechos Humanos para explicar los mecanismos de recepción de quejas, orientación y canalización de personas.
Aunque la Unidad Especializada tiene facultades para intervenir en situaciones de violencia o discriminación cometidas por servidores públicos municipales, la respuesta no acreditó un procedimiento específico de la nueva instancia ni explicó detalladamente cómo se articula su intervención con esa coordinación.
A estas circunstancias se suma la forma en que la Unidad de Transparencia proporcionó la información solicitada. Aunque los requerimientos estaban dirigidos a conocer el funcionamiento de una misma instancia, las contestaciones se entregaron por separado mediante respuestas de distintas dependencias, con frecuentes remisiones a reglamentos y archivos generales que no resolvían directamente todos los puntos planteados.
En la solicitud sobre personal, Recursos Humanos dejó a la persona solicitante la identificación de plazas dentro de un archivo general; en la relativa a convenios, se proporcionaron enlaces a reportes municipales sin una relación específica de acuerdos suscritos por la Unidad.
La revisión de ocho hojas de cálculo correspondientes a distintos meses de 2025 y 2026 no permitió identificar convenios de la instancia. Los registros contenían principalmente indicaciones de que no se había generado información y un contrato de comodato relacionado con un vehículo de recolección de basura relacionado con otra área del ayuntamiento.
El DIF no reporta canalizaciones hacia la Unidad
Las respuestas del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) también exhiben vacíos sobre la coordinación entre las dependencias encargadas de atender a estas poblaciones.
En la solicitud 240474426000456, el organismo informó que durante febrero de 2026 atendió a cuatro personas LGBTIQ+ y a dos familias diversas. También reportó cero atenciones por discriminación relacionada con orientación sexual, identidad o expresión de género y ninguna canalización a la Unidad Especializada u otras instancias por esos motivos.
En otra respuesta, correspondiente al folio 240474426000455, el DIF explicó que, cuando una persona manifiesta haber sufrido discriminación, se le orienta para acudir a la Contraloría Interna Municipal.
Al preguntarle sobre los mecanismos para recibir y dar seguimiento a quejas, señaló:
“No se reciben quejas para no revictimizar a la posible víctima, en cuanto manifiesta una inconformidad se le proporciona el domicilio de la Contraloría Interna para que acuda a exponer la narración de su inconformidad.”
Aunque identifica una vía para presentar inconformidades, la respuesta no explica cómo se documenta la canalización, qué seguimiento se realiza ni si interviene la Unidad Especializada cuando los hechos involucran discriminación por parte de personal municipal.
El informe presume su creación, pero no desglosa resultados
Las condiciones documentadas contrastan con la manera en que el gobierno del alcalde Enrique Galindo Ceballos presentó la Unidad en su informe anual.
En el documento disponible en la página oficial del informe, dentro del apartado Población LGBTIQ+, destaca su creación como parte de los avances municipales en derechos humanos e inclusión. El reporte incorpora una fotografía de la entrega del nombramiento de su titular y menciona entre sus beneficios la atención especializada, el acompañamiento, la orientación y la promoción de acciones contra la discriminación.
No obstante, no presenta cifras sobre personas atendidas directamente, asesorías otorgadas, casos de discriminación recibidos ni programas desarrollados por la instancia.
En otra sección, el gobierno municipal reporta un cumplimiento del 77 por ciento de las líneas de acción dirigidas a la comunidad LGBTIQ+, equivalente a 20 de 26 acciones previstas, pero sin identificar cuáles corresponden específicamente a la Unidad, cuáles fueron ejecutadas por otras dependencias ni las evidencias individuales de su cumplimiento.
El informe también registra ocho actividades realizadas durante el mes del Orgullo LGBTIQ+, con 25 mil asistencias de participantes y visitantes, dentro del apartado Turismo para la Diversidad. Por separado, reporta acompañamiento institucional durante la Marcha por los Derechos y la Diversidad LGBTIQ+, cuya asistencia se estimó en 20 mil personas.
Aunque estas cifras muestran actividades municipales relacionadas con la diversidad sexual, no precisan qué intervención tuvo la Unidad Especializada, qué dependencia ejerció los recursos o cuánto costaron las acciones.
La diferencia resulta relevante porque, para otras áreas de gobierno, el mismo informe ofrece indicadores específicos sobre documentos expedidos, gestiones realizadas y servicios proporcionados, mientras que, en el caso de la Unidad LGBTIQ+, el principal resultado individualizado es su creación.
Esta decisión también aparece entre los acuerdos relevantes del Cabildo y en el resumen de logros del eje de Gobierno Eficiente y Ciudadano, donde se presenta como parte de las acciones para proteger los derechos de las poblaciones LGBTIQ+.
Una Unidad creada, pero con capacidad operativa por esclarecer
Por una parte, existe una reforma reglamentaria que reconoce la necesidad de atención especializada y establece obligaciones relacionadas con políticas públicas, orientación jurídica, capacitación, prevención de la discriminación y coordinación institucional.
Por otra, las respuestas oficiales muestran que, durante el periodo examinado, la instancia carecía de presupuesto propio, tenía una sola plaza identificada en julio y no localizó registros de gastos en actividades distintas del pago de personal hasta el 30 de ese mes.
A esto se suman la falta de acreditación de manuales específicos, las dificultades para identificar mecanismos de coordinación y la ausencia de indicadores propios en el informe anual.
Aunque estos elementos no permiten afirmar que la Unidad haya dejado de funcionar o que no haya brindado atención, sí da paso a dudas sobre las condiciones materiales y administrativas con las que cuenta para desarrollar las trece atribuciones que le fueron conferidas.
La responsabilidad de garantizar esas condiciones no recae exclusivamente en quien ocupa la coordinación, sino también en las autoridades municipales encargadas de aprobar el presupuesto, asignar personal y proporcionar los mecanismos necesarios para cumplir los acuerdos del Cabildo.





