Caso Alejandro N.: las atrocidades posibles cuando el Estado le falla a la familia

Los nombres de los involucrados fueron cambiados para salvaguardar su integridad.

Por Victoriano Martínez

El pasado sábado 4 de junio Daniel cumplió 18 años. Alcanzó una mayoría de edad que hoy se convierte en la circunstancia que abre la posibilidad para que se violenten, una vez más, sus derechos humanos.

La de Daniel es la historia de un adolescente, como puede haber muchas similares, en la que el Estado y el sistema de justicia le fallan a un núcleo familiar.

Gustavo y Alma, padres de Daniel, enfrentaron en 2009 una averiguación previa por la muerte de su hija menor Lucía, la cuarta de sus hijos, víctima de los descuidos en su atención.

El encarcelamiento de los padres de Daniel y sus hermanos Arturo y Karla marcó el inicio de la cadena de hechos desafortunados para los menores de edad, marcados por la violencia y el abuso sexual.

Aunque en un principio su tía Rosa se hizo cargo de los infantes, las condiciones económicas de privación la obligaron a entregar a los menores al sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) estatal.

Así comenzó para los tres hermanos que, a la postre, convertirían a Daniel en víctima de abuso sexual por parte de Alejandro N., quien a partir del próximo lunes enfrentará las audiencias finales del juicio que habrán de concluir con una sentencia.

Fue en los albergues adheridos al DIF donde Alejandro N. inició contacto con Daniel. Los padres de los menores firmaron un convenio con Alejandro N. para ceder la custodia, sin la debida protocolización. Los niños fueron al Centro de Asistencia Social Rafael Nieto, la niña al Rosario Castellanos.

El 23 de diciembre de 2017, Claudia Hinojosa Celis, del Centro de Asistencia Social Rafael Nieto, Pablo Loredo Oyarvides, de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PPNNA), y Alejandro N. como particular, firman un convenio para permitir que Daniel pasara el periodo navideño en casa de Alejandro N.

Se trata de una de las muchas huellas que dejó la forma discrecional con la que Alejandro N. podía disponer de Daniel y lo laxo que resultaba el acceso al menor por parte de su victimario.

Cuando Alma, madre de Daniel, cumplió su condena, Raúl Chávez Aranda, sub procurador de la PPNNA, propone la reintegración familiar y, sin mediar protocolo alguno, le entregan a sus tres hijos. Para colmo, a la irregular medida no se le dio ningún tipo de seguimiento.

De esa manera, las autoridades protectoras de la familia generaron un muy riesgoso coctel en el que tuvieron que convivir tres menores de edad que muy poco se conocían entre sí, con una madre con quien tampoco habían convivido.

Tras salir de la cárcel, Alma inicia una relación sentimental con un tercero y comienza a trabajar en un punto de venta de cerveza. Constantemente se ausenta de su vivienda. La convivencia entre sus hijos cada día se vuelve más difícil.

Daniel se ausentó por dos semanas, lo que provocó que Arturo y Karla pasaran mucho tiempo solos en la vivienda, hasta que un día, cuando Alma regresó a su casa, la niña le dijo que su hermano la había violado. Existe una carpeta de investigación por este hecho.

No obstante, Alma no le cree a su hija y opta por volverla a entregar a la PPNNA, de donde la envían al albergue “Casa de Jesús”, que maneja un grupo de religiosas.

Daniel y Arturo regresan al Centro de Asistencia Social Rafael Nieto. Se abre una carpeta de investigación en contra de Alma por violencia intrafamiliar. Las fallas de las instituciones del Estado para la prevención de la violencia familiar quedan encubiertas.

El regreso de Daniel a las instituciones de asistencia social lo vuelve a poner en condiciones de abuso por parte de Alejandro N., para entonces titular de la Procuraduría de la Defensa de las Personas Adultas Mayores, Gestión y Participación Social (PDPAM).

En diversas ocasiones, Daniel se convirtió en el acompañante de Alejandro N. en viajes a distintas partes del país que, hay quien los identifica como recorridos con fines de turismo sexual.

Frecuentemente, Alejandro N. pedía que Daniel fuera a su oficina en Nicolás Fernando Torre No. 800, lo colocaba ante una computadora en la que supuestamente le ayudaba a capturar información como presunta actividad de disciplina formativa y, casualmente, para cuando todo el personal salía, el menor no había concluido su labor y tenía que quedarse sólo con su hoy indiciado.

Se trataba de encuentros en los que Alejandro N. abusaba sexualmente del menor, para lo que incluso contaba con una colchoneta de hule espuma en uno de los espacios de su oficina.

Daniel cursaba la secundaria en el Instituto Humbolt. En una clase de educación sexual les hablaron sobre las enfermedades de transmisión sexual y se alarmó.

Luego de que el 14 de octubre de 2019, Daniel fue abusado sexualmente una vez más por Alejandro N., el día 18 se fuga del Centro de Asistencia Social Rafael Nieto y, tras una alerta Ámber, es localizado en la casa de su madre. Es cuando denuncia la violación que sufrió el 14 de octubre, base de la denuncia por la que se procesa a Alejandro N.

Tras la denuncia hecha por el menor, Daniel vuelve al Centro Rafael Nieto, y se generan reuniones entre los altos funcionarios del DIF estatal en las que se llegó a tratar la posibilidad de ocultar el caso para evitar afectar la imagen de la institución.

Se determinó presentar la denuncia ante la Fiscalía General del Estado, lo que se hizo el 19 de octubre. En la auscultación médica a Daniel se le detectaron lesiones recientes en el ano, producto de la violación sufrida cinco días antes, pero también una serie de lesiones más antiguas, que dan cuanta de un abuso prolongado.

Alejandro N. se enteró de la denuncia, y con la ayuda de Claudia Hinojosa Celis, tuvo acceso a Daniel en el Centro Rafael Nieto, con quien grabó una conversación en la que lo presionó para que se retractara de las acusaciones.

Grabación en mano, Alejandro N. se presentó con Juan Pablo Almazán Cue, entonces presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, y –a sugerencia de éste– ante Federico Garza Herrera, entonces fiscal General del Estado, para comenzar una defensa prematura de su caso. En la Fiscalía incluso dijo ir a nombre de Lorena Valle, entonces presidenta del DIF estatal.

Los elementos de prueba fueron tales, que el 27 de octubre se ejecutó la orden de aprehensión como parte de la causa penal 1098/2019 en contra de Alejandro N., tras una persecución sobre la avenida Carranza que terminó en el acceso al Club Deportivo Potosino.

Entre los cargos que enfrenta Alejandro N. se encuentra el de violación doblemente agravada por incluir los elementos del mismo acto de la agresión, la posición asimétrica de poder entre la víctima y su victimario, además de tratarse de un servidor público.

Aunque la Fiscalía General del Estado actuó en aquel momento con la celeridad que ameritaba el caso con la aprehensión de Alejandro N., al recabar pruebas incurrió en una omisión: incumplió con la presentación ante el juez de control de los elementos requeridos para acreditar que la colchoneta de hule espuma, clave en el caso, se obtuvo de manera lícita como prueba.

Situaciones como esa dejan abiertas posibilidades para que la defensa de Alejandro N. busque su liberación, entre las que el pasado 2 de junio se dio una más: aplazar la audiencia del juicio para el próximo 4 de julio, a la que Daniel llegará con mayoría de edad.

Un elemento que, según fuentes de la PPNNA, lleva la intención de hacer comparecer a la víctima sin la tutela o asistencia de ese organismo por haber dejado de ser menor de edad, con lo que podría ser sometido como testigo a cuestionamientos intimidantes y revictimizantes, que lo hicieran aceptar los hechos como consensuados y que hasta él mismo los buscó.

Aunque los actuales funcionarios de la PPNNA no han aceptado hacer declaraciones en torno al caso, por fuentes de la misma institución se sabe que buscarán mantener la asistencia legal a Daniel durante el juicio, dadas las inconsistencias en el desarrollo de su autonomía progresiva, que no necesariamente se logra con el cumplimiento de los 18 años de edad.

Por las condiciones que ha vivido Daniel, explicaron, tal autonomía tendría que acreditarse con periciales psicológicas, dictámenes de un médico legista, además de periciales de carácter psiquiátrico.

En una semana, Daniel enfrentará una estación más en una ruta que –junto con su familia– le ha tocado recorrer sobre un camino empedrado con fallas institucionales sobre el desarrollo integral de un núcleo familiar, la prevención de la violencia en la familia y la procuración de justicia en la protección a menores de edad.

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