Envían al INE denuncia de la delegada del Interapas contra Gallardo Cardona

Eduardo Delgado

La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (SRM-TEPJF) revocó este viernes la resolución de los magistrados locales respecto de la demanda promovida por Nydia Natalia Castillo Vera en contra del diputado federal José Ricardo Gallardo Cardona y la turnó a la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE).

En sesión pública virtual, los magistrados Ernesto Camacho Ochoa, Yairsinio David García Ortiz y la magistrada Claudia Valle Aguilasocho, aprobaron por unanimidad su determinación acerca del expediente SM-JE-34/2020, derivado del recurso interpuesto por Natalia Castillo, inconforme porque el Tribunal Electoral del Estado desechó su denuncia contra Gallardo Cardona por violencia política en razón de género, con el argumento de que es servidora pública.

Este viernes el pleno de la Sala Regional Monterrey revocó lo actuado por el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac) y el Tribunal local, porque consideraron que, acorde a la Ley Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Procedimiento Especial Sancionador debe ser sustanciado por el INE, competente “para analizar si las expresiones del diputado federal denunciado ejercen violencia política contra las mujeres en razón de género”.

Por ello, aprobaron enviar la denuncia a la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, pues en la ley local no se advierte que instancias locales “puedan conocer de infracciones presuntamente cometidas por servidores públicos del ámbito federal”, añadieron.

Natalia Castillo, delegada del organismo operador del agua potable en Soledad de Graciano Sánchez, demandó ante el Ceepac la sanción al legislador federal porque este la llamó “tonta” y la conminó a no decir “tonterías”, luego de que ella hizo un llamado a la población a no consumir agua repartida en pipas por actores políticos.

“El Tribunal debió advertir que el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana carecía de competencia para sustanciar el procedimiento sancionador, pues se formó con motivo de una denuncia presentada contra un diputado federal y con motivo de ello se estima que el órgano jurisdiccional responsable también debió advertir su propia incompetencia para resolver”, asentaron los magistrados de la Sala Regional Monterrey.

En desacuerdo porque el Ceepac desechó su demanda por tratarse de hechos consumados y lo registró como procedimiento sancionador especial en vez de ordinario, Natalia Castillo recurrió al Tribunal Electoral del Estado.

El pasado 29 de junio las magistradas locales Yolanda Pedroza Reyes, Dennise Adriana Porras Guerrero y el magistrado Rigoberto Garza de Lira, desecharon su demanda.

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