Presentó reclamo presidente de la CEDH ante SCJN

Eduardo Delgado

El presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH), Jorge Andrés López Espinosa, presentó un “recurso de reclamación” en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) porque, por falta de firma, le fue desechada la acción de inconstitucionalidad que interpuso contra la Ley de Educación, aprobada el pasado mes de junio en el Congreso del Estado.

Hace casi un mes, el 14 de septiembre, Astrolabio Diario Digital informó que el presidente de la CEDH impugnó la ley educativa por considerar inconstitucionales los artículos relativos a la discapacidad, pero fue descartada en la SCJN por no incluir la firma de titular del organismo.

El pasado 2 de octubre, el actuario de la Suprema Corte Juan José Morgan Lizárraga, dio cuenta del “recurso de reclamación 96/2020-CA, derivado del expediente varios 1/2020”, promovido por la institución protectora de los derechos humanos en San Luis Potosí.

“Con el escrito y los anexos, fórmese y regístrese el expediente físico y electrónico relativo al recurso de reclamación que hace valer quien se ostenta como Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí, contra el proveído de siete de septiembre del presente año, dictado por el Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante el cual se determinó que no había lugar a dar trámite al asunto como acción de inconstitucionalidad, toda vez que el escrito inicial de la acción carecía de firma”, se precisa en el extracto del acuerdo.

“Se tiene al promovente por presentado con la personalidad que ostenta y se admite a trámite el recurso de reclamación que hace valer, con reserva de los motivos de improcedencia que se puedan advertir al momento de dictar sentencia”, añadió.

Luego de aprobada en el Congreso local y publicada en el Periódico Oficial del Estado, la Ley de Educación para el Estado de San Luis Potosí cumple pasado mañana –miércoles– cuatro meses en vigencia, y, según la CEDH, con disposiciones inconstitucionales en materia de discapacidad.

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