Segundo Transitorio

Por Victoriano Martínez

Es práctica común que en los decretos que establecen reformas legislativas se incluya, generalmente como artículo segundo transitorio, la determinación de que “se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto”, lo que no es otra cosa que una omisión que exhibe la pereza de quien desarrolla el trabajo legislativo: se libran de la revisión de impacto regulatorio.

A pesar de que el Congreso del Estado cuenta con un Instituto de Investigaciones Legislativas desde hace décadas, no hay señales de que exista una sistematización tal de la normatividad vigente en el Estado que permita consultar cuántas disposiciones legales plasmadas en alguna de las 126 leyes vigentes, más los códigos, reglamentos y aranceles, fueron derogadas sin ser señaladas por pereza.

El pasado 28 de mayo, la diputada Beatriz Benavente Rodríguez se apresuró a presentar una iniciativa para derogar dos fracciones del artículo 57 y el primer párrafo del artículo 115 de la Constitución Política del Estado, que unos días antes invalidó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por considerarlos inconstitucionales.

La propuesta de decreto de Benavente Rodríguez cumple cabalmente con la pereza del impacto regulatorio: incluye como artículo segundo transitorio que “se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto”.

Para este jueves, el diputado Martín Juárez Córdova dará una muestra de la ventaja que se puede sacar de la pereza del impacto regulatorio, ya que presentará una iniciativa para derogar las disposiciones que se oponen a lo propuesto por Benavente Rodríguez y anulado por la SCJN en las leyes Orgánica del Municipio Libre y Orgánica del Poder Legislativo.

La iniciativa de Juárez Córdova busca “reformar los artículos 31 fracción III; 108 párrafo segundo; 111 párrafo primero, segundo y fracción I; 112 párrafo primero; 156, y DEROGAR el artículo 32 de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de San Luis Potosí; así como DEROGAR el articulo106 fracciones V y VI de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí”.

Todos los cambios son para eliminar la intervención del Poder Legislativo en la autorización de convenios, concesiones, contratos y enajenaciones de los Ayuntamientos para cumplir plenamente con la autonomía del municipio libre.

Si la creatividad de los asesores de los diputados, y de los propios diputados (si es que llegaran a tenerla), flaquea, Juárez Córdova acaba de encontrar una veta que ofrece amplias posibilidades para que la diarrea legislativa pueda tener cierto grado de utilidad: depurar el contenido de las leyes que podrían tener disposiciones derogadas por el segundo transitorio.

Los diputados podrían pedir a sus asesores, o éstos por iniciativa propia para dotar a su jefe de más iniciativas, una búsqueda de “las disposiciones que se opongan” a los decretos más recientes, y en orden cronológico hacia atrás, para generar iniciativas derogatorias que a la vez depurarían el marco legal vigente.

Podrían comenzar, por ejemplo, por detectar las disposiciones que se opongan al decreto propuesto por Juárez Córdova que, aunque parezca inverosímil, también recurre a la pereza del imparto regulatorio, aunque en el tercero transitorio porque consideró necesario en el segundo dejar sin materia las solicitudes de los ayuntamientos que están en trámite ante el Congreso del Estado.

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