Sentencian a ‘Cayeyo’ a más de 32 años de prisión

Angélica Campillo

Este lunes 20 de mayo, el Tribunal de Juicio Oral dictó sentencia de 32 años y seis meses de prisión para Eduardo N., alias Cayeyo Jr., por el delito de homicidio calificado con grado de ventaja y traición en agravio de Eugenio N.

La audiencia en contra de Eduardo N. dio inicio a las 8:30 de la mañana, en la que se presentaron dos testigos, amigos de la víctima, y otros dos, de parte del ahora sentenciado, a declarar sobre el comportamiento de ambos jóvenes. Había otras personas citadas a comparecer, pero desistieron de rendir su testimonio.

Los testigos que acudieron a comparecer sobre el comportamiento de Eugenio N. coincidieron en que era una buena persona, buen amigo, responsable y trabajador. Asimismo, uno de ellos dijo que anteriormente tuvo un problema con el ahora sentenciado, y que además era una persona violenta que buscaba conflicto en los sitios a los que acudía.

Respecto a los órganos de prueba de Eduardo N., ambos señalaron que era un profesionista, que gustaba de viajar y que nunca tuvieron conflicto con él.

Posteriormente, se llevaron a cabo los alegatos de clausura, en donde la representación social de la víctima solicitó al Tribunal que se ubicara un grado de culpabilidad alto a Eduardo N., quien previamente fue declarado culpable por el delito de homicidio calificado con grado de ventaja y traición, puesto que violó un derecho tutelado al haber privado de la vida a Eugenio N., situación que trajo consecuencias graves hacia la familia de la víctima, ya que, meses después del hecho, su padre falleció, además de que su muerte violenta causó un impacto negativo en las empresas familiares.

La representación social de la víctima aseveró que, de acuerdo con los testimonios de los testigos, Eduardo N. se caracterizaba por ser una persona violenta y no es verosímil que uno de sus órganos de prueba no se hubiera percatado del comportamiento violento de su amigo, por lo que solicitaron al Tribunal que todo ello se tomara en cuenta al momento de determinar la pena que se impondría a Cayeyo Jr.

En ese contexto, la representación social solicitó que se impusiera una pena de 45 años de prisión, una sanción pecuniaria de 339 mil 705 pesos, la cantidad de 226 mil 470 pesos por la reparación del daño, así como el pago de cuatro mil 529 pesos por concepto de gastos funerarios.

Defensores pedían la pena mínima

Durante su intervención, la defensa de Eduardo N. sostuvo la insuficiencia de pruebas para imponer la mencionada pena de prisión para su cliente, ya que, refirió, no hubo información consistente en las declaraciones de los testigos.

Apuntó que el testimonio de uno de los testigos se percibió como la declaración de un pariente resentido, al haberlo señalado como responsable de supuestas lesiones hacia su persona, e incluso en ningún momento se le pidió un documento fidedigno que avalara sus dichos.

Asimismo, la defensa señaló que, debido a la enemistad que el mencionado testigo guarda con el ahora sentenciado, éste lo acusó de cumplir sus amenazas, sin embargo, recalcaron los abogados, no hay pruebas de ello.

De igual forma, los defensores sostuvieron que si el Tribunal asumió que Eduardo N. se encontraba alcoholizado al momento de disparar en contra de Eugenio N., la madrugada del 5 de mayo de 2017, no se puede asumir que una persona con un “pobre control de impulsos” haya movido el cuerpo de la víctima ni modificado la escena del crimen. Agregaron que, incluso el día de los hechos, su cliente llamó al teléfono de emergencias 911 para solicitar ayuda y nunca mostró oposición a que le realizaran las pruebas pertinentes después de haber sido detenido. La defensa mencionó otra serie de inconsistencias en el caso.

No obstante, reconocieron que lo ocurrido fue una tragedia tanto para la familia de Eugenio N. como para la de Eduardo N., y alegaron que su cliente es una persona con un buen comportamiento, preparada, con una forma digna y lícita de vivir, por lo que solicitaron que el margen de punibilidad hacia el sentenciado fuera el mínimo.

Una vez finalizados los alegatos de clausura, el juez se dirigió a Salvador N., hermano de la víctima, para que emitiera alguna declaración en relación a la culminación de la audiencia, a lo que refirió que Eduardo N. era una persona violenta y toda la sociedad tenía conocimiento de ello. Enseguida, el juez preguntó al sentenciado si tenía algo que manifestar, pero sólo se limitó a contestar que no tenía nada que agregar.

Luego de más de tres horas de receso se reanudó la audiencia en la que el juez relator manifestó que una vez que se deliberó, se decidió, por unanimidad, que, a Eduardo N., se le impondría un grado de culpabilidad media, en virtud de haberse emitido anteriormente un fallo condenatorio por el delito de homicidio calificado por homicidio y traición en agravio de Eugenio N.

En las conclusiones para definir la pena, explicó que se tomaron en cuenta las pruebas expuestas tanto por la Fiscalía General del Estado, como por la defensa, y en ese sentido se especificó cuáles favorecieron y cuáles no abonaron a ambas partes para la imposición de la condena.

Entre una de las conclusiones se señaló que lo que reveló mayor culpabilidad de Eduardo N., fue que los hechos se suscitaron en su domicilio, por lo que tenía total dominio del lugar, y eso le da una ventaja, pero no hay prueba de que la víctima conociera el sitio. No obstante, su comportamiento posterior de cometido el crimen, lo favorece, aunque las declaraciones de sus amigos no lo benefician, puesto que testificaron que el sentenciado era un profesionista, lo que le da la posibilidad de saber lo que está prohibido y permitido realizar.

El juez relator concluyó que no existe prueba que se desprenda para emitir un grado alto de peligrosidad del sentenciado, como lo solicitó la Fiscalía, ni tampoco un grado de peligrosidad mínimo como lo pidió su defensa.

Finalmente el Tribunal dictó la sentencia hacia Eduardo N., la cual se fijó en: prisión ordinaria de 32 años y seis meses, una sanción pecuniaria de 245 mil 342 pesos con 50 centavos, la reparación del daño, que deberá ser pagado a la familia, de 226 mil 470 pesos, más cuatro mil 529 pesos con 40 centavos por gastos funerarios. Además se indicó que serían suspendidos los derechos políticos y civiles del sentenciado durante el tiempo que dure la pena.

Asimismo se aclaró que la pena en contra del sentenciado comenzó a contar desde el cinco de mayo del año 2017, día en que fue detenido por el delito antes mencionado.

Entrevistados al finalizar la audiencia, los abogados defensores de Cayeyo Jr. manifestaron que no están conformes con el fallo del Tribunal y en general, de todo el proceso en contra de su cliente, e insistieron en que la culpabilidad media no es acorde a lo que obra en el expediente del caso.

Uno de los defensores legales añadió que, tal como lo señaló el juez relator, no se determinó el motivo o el móvil del homicidio, por lo que por ello le dictaron una culpabilidad media.

Adelantó que impugnarán el fallo, y en ese contexto, el término comenzará a correr a partir del próximo lunes 27 de mayo cuando se de lectura a la sentencia completa, “es ahí donde empiezan a correr 10 días para presentar el recurso de apelación”. El abogado se mostró confiado en que el recurso legal que interpondrán los favorecerá.

Recordó que durante las audiencias hubo expectativas de su parte para que se le dictara la libertad absoluta a su cliente en la sentencia, debido a los errores contenidos en la carpeta de investigación, sin embargo, al analizar las circunstancias que todo ello envuelve, estaban casi seguros que tendrían que recurrir hasta el amparo directo.

Agregó que la intención es acudir a instancias federales e internacionales, pero primero buscan cerrar la primera etapa del juicio para avocarse a lo que sigue, “tenemos la plena convicción de que esto va a salir bien en el amparo directo. Primero se va a intentar la apelación, son las autoridades estatales, y de ahí nos iríamos ante autoridades federales. Estamos plenamente convencidos de que esto se tiene que revertir”.

Indicó que para el trámite del recurso de apelación, no hay un término para resolver, pero según su experiencia, considera que puede durar alrededor de siete meses, mientras que el trámite del amparo directo podría llevarse otros seis meses.

El abogado refirió que la ley concede algún beneficio en este tipo de sentencias, por lo que se podría reducir la condena que dictó el Tribunal a su cliente.

Aseveró que su cliente está triste, lo que se pudo constatar durante el desarrollo de la audiencia, ya que a nadie le gusta ser señalado y condenado por un delito que no ocurrió como la Fiscalía lo planteó, y mucho menos por una sentencia tan extensa.

Respecto a la reparación del daño, el abogado dijo que es lo de menos, puesto que aun pagando por este concepto, Cayeyo Jr., no podría contar con algún beneficio.

Por separado, el tío de la víctima consideró que el Tribunal hizo lo correcto respecto a la imposición de la pena hacia quien privó de la vida a Eugenio N., “creo que es justo, es muy difícil obtener las penas máximas pero la pena de 30 años es toda una vida”.

En cuanto a lo que se fijó por la reparación del daño, comentó que la cuestión económica, aunque es importante, es mucho más grave el haber privado de la vida a su sobrino. Agregó que, en lo personal, siempre le quedará un mal sabor de boca la posición de la defensa de Eduardo N., debido a que al menos uno de ellos anteriormente formó parte del Poder Judicial del estado, “y es increíble ver cómo pueden cambiar la postura como abogado, cómo pueden haber sido parte del Poder Judicial y haber participado en juicios donde utilizando las pruebas que generan los peritos, en ese momento eran válidas, y ahora su única defensa es que los peritajes habían sido llevados a cabo por gente que no tenía la capacitación”.

Ante los recursos legales que la defensa de Cayeyo Jr., adelantó que llevarán a cabo, el tío de la víctima apuntó que harán lo necesario para que cumpla con la pena que los jueces impusieron.

Mencionó que siempre tuvieron confianza en los ministerios públicos, así como en los peritos, y jamás pensaron que hayan sido favorecidos por la Fiscalía, aunque dijo entender la posición de la defensa, que tiene que hacer su máximo esfuerzo para minimizar la pena hacia su cliente, además de devengar un sueldo, “pero no hay nada que celebrar, estamos agradecidos con la justicia, estamos agradecidos con la autoridad”, finalizó.

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