Tránsito al sistema de usos y costumbres está atrapada en un “peloteo” institucional: OIM

Estela Ambriz Delgado

El integrante del Observatorio Indígena Mesoamericano (OIM), Juan Felipe Cisneros Sánchez, consideró que la situación en que se encuentra la solicitud de las comunidades indígenas para transitar del sistema de partidos políticos al de usos y costumbres, atrapada en un “peloteo” institucional, revela una falla estructural en el sistema de justicia estatal.

Indicó que esta solicitud de comunidadades de los municipios de Tancanhuitz, Tanlajás, y San Antonio, hecha desde hace más de seis años, se encuentra entrampada en un vaivén entre el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac), el Tribunal Electoral del Estado (TEESLP), y el Congreso del Estado, siendo que los dos primeros determinaron que esta debe ser resuelta por el Legislativo.

Esto se suma a una consulta masiva derivada de sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de las acciones de inconstitucionalidad 141/2022 y 152/2022, lo que el activista considera que en la práctica significa que la solicitud se ha enviado a una “lista de espera” legislativa sin fechas claras ni compromisos concretos.

En este sentido, señaló que se revela una falla estructural en el sistema de justicia del estado, pues el error principal del TESLP radica en considerar que el cambio de sistema de elección es una “medida legislativa”.

Explicó que jurídicamente el derecho a la libre determinación ya está en el artículo 2 constitucional, por lo que no se necesita que el Congreso “permita”; se requiere que el Ceepac lo haga operativo.

“Al enviar el asunto al Congreso, el Tribunal condena a las comunidades a un proceso político-partidista, cuando la organización de consultas de este tipo debería ser técnica e imparcial. Pues los partidos políticos ven —y han expresado— su temor a la democracia indígena, puesto que esta es colectiva, participativa y honorífica; mientras la partidocracia es representativa, individualizada y costosa”, afirmó.

Además, Cisneros Sánchez apuntó a que existe un conflicto de interés evidente, dado que el Congreso está integrado por diputados que pertenecen a partidos políticos. Dijo que la imparcialidad que exige el Convenio 169 de la OIT se rompe cuando la autoridad encargada de la consulta tiene un interés directo en que el sistema actual no cambie.

Destacó que aún no llega la justicia, pues esta no consiste en invocar sentencias de la SCJN de 2022 para retrasar una petición de 2026 con antecedentes de más de seis años, pues es una violación al principio de justicia pronta y expedita.

De igual forma, señaló que el uso de la Ley de Consulta local como una barrera, en lugar de como una herramienta, pues demuestra un monismo jurídico: la idea de que solo lo que está escrito estrictamente en el código local existe, ignorando los tratados internacionales y los precedentes históricos de lugares como Cherán u Oxchuc, donde los institutos electorales fueron quienes realizaron las consultas.

Aunque reconoce que el TEESLP ha tenido acciertos en algunos casos recientes, como el fallo en el que determinó que el Congreso del Estado ha incurrido en una omisión legislativa al no integrar el derecho a la revocación de mandato en la Constitución local, ha fallado en aplicar una perspectiva intercultural en este caso de mayor relevancia y significado.

“Ha preferido la comodidad del trámite administrativo sobre la protección de un derecho humano fundamental. Mientras el Ceepac no asuma su rol como organizador y el Tribunal siga ‘exhortando’ al Congreso en lugar de ordenar acciones concretas, el derecho a la autonomía de los pueblos tének y náhuatl seguirá siendo una promesa de papel, postergada indefinidamente por los tiempos de la burocracia”.

El activista estimó que las comunidades indígenas han sido más que pacientes y respetuosas del derecho y sus tiempos, pero todo tiene un límite. Además de que los tiempos electorales están entrelazándose con otras problemáticas estructurales, y continuar apostando a la dilación solo incrementará los riesgos de que las comunidades opten por vías de hecho y no de derecho.

Finalmente, indicó que se cae en una trampa legislativa al afirmar que no se puede resolver la petición hoy porque todavía no hay una ley específica escrita por los diputados.

“Es una forma de ‘patear el bote’ y evitar que las comunidades ejerzan su autonomía de manera inmediata. Los derechos humanos, como la libre determinación, se ejercen, no se quedan esperando a que un Congreso quiera legislar sobre ellos”.