María Ruiz
Luego de que en mayo la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) de San Luis Potosí emitió cuatro recomendaciones durante 2026 sin incorporarlas a su página oficial, una nueva revisión a la Plataforma Estatal de Transparencia permitió identificar otras tres resoluciones, con lo que la cifra asciende a siete; ninguna aparece en el portal web de la propia Comisión.
Hace cuatro meses, Astrolabio Diario Digital documentó que la CEDH acumulaba cuatro recomendaciones emitidas durante el año que no habían sido publicadas en su portal web oficial, pese a que en ellas se acreditaban violaciones a derechos humanos cometidas por autoridades educativas.
Se trataba de las Recomendaciones 01/2026, 02/2026, 03/2026 y 04/2026, dirigidas al Colegio de Bachilleres del Estado de San Luis Potosí (Cobach), a la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado (SEGE), en dos ocasiones, y al Sistema Educativo Estatal Regular (SEER).
Los expedientes documentaban hechos que iban desde denuncias de acoso y agresiones sexuales contra una estudiante y omisiones institucionales en su atención, hasta agresiones sexuales contra una niña de primaria, violencia escolar que escaló hasta una agresión física y una práctica negligente que provocó lesiones a un niño de tres años.
Las cuatro recomendaciones podían ser consultadas en la Plataforma Estatal de Transparencia, pero no habían sido incorporadas a los listados públicos disponibles en la página oficial de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Meses después, una nueva revisión exhaustiva a la información disponible en la Plataforma Estatal de Transparencia permitió identificar otras tres recomendaciones emitidas por la CEDH durante 2026.
Se trata de las Recomendaciones 05/2026, 06/2026 y 07/2026, dirigidas a los ayuntamientos de Tamazunchale, Tamasopo y Ébano, respectivamente.
Al realizar el cotejo entre estas nuevas resoluciones y la información disponible en el portal web oficial de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, se detectó que tampoco han sido incorporadas a la página institucional.
Con estas tres nuevas recomendaciones, la cifra asciende a siete resoluciones emitidas por la CEDH durante 2026 que permanecen sin ser publicadas en su portal oficial, aunque los documentos se encuentran disponibles a través de la Plataforma Estatal de Transparencia.
Las tres recomendaciones recientemente identificadas documentan hechos relacionados con el manejo irregular y abandono de restos humanos durante meses, condiciones insalubres y violaciones a derechos de personas detenidas en separos municipales, así como el uso desproporcionado de la fuerza física contra un adolescente por parte de un funcionario encargado de la protección de niñas, niños y adolescentes.
Restos humanos permanecieron más de tres meses sin una sepultura digna en Tamazunchale
La primera de las tres nuevas resoluciones identificadas es la Recomendación 05/2026, emitida el 11 de mayo de 2026 y dirigida al presidente municipal constitucional de Tamazunchale, Adelaido Cabañas Hernández.
El expediente determinó responsabilidades de servidores públicos adscritos a la Dirección de Panteones y a la Sindicatura Municipal por hechos ocurridos en el Panteón Municipal de San Miguel.
De acuerdo con la investigación de la CEDH, personal del Ayuntamiento realizó la exhumación de restos mortales sin cumplir con los procedimientos legales correspondientes ni contar con la intervención y autorización sanitaria requerida.
Posteriormente, los restos humanos no fueron colocados en una sepultura digna ni reubicados en un espacio adecuado.
La resolución documenta que las osamentas permanecieron expuestas y fuera de una sepultura durante un periodo de más de tres meses.
A ello se sumó la falta de respuesta de las autoridades municipales a las solicitudes realizadas por la persona afectada, quien acudió en distintas ocasiones para exigir la regularización del expediente y un trato digno para los restos de su familiar.
La Comisión concluyó que los hechos vulneraron el derecho a la dignidad humana en su dimensión post mortem, el derecho al trato digno de restos humanos, el derecho a la protección de la salud pública y el derecho constitucional de petición.
La Recomendación 05/2026 se encuentra dentro de la información disponible en la Plataforma Estatal de Transparencia.
Sin embargo, no forma parte de las recomendaciones publicadas en el portal oficial de la CEDH.
Celdas insalubres y falta de garantías para personas detenidas en Tamasopo
La Recomendación 06/2026, emitida el 8 de junio de 2026, fue dirigida al presidente municipal constitucional de Tamasopo, Mauricio Andrade Merchán.
El expediente surgió a partir de una inspección realizada por personal de la Comisión Estatal de Derechos Humanos a los separos preventivos que se encuentran bajo responsabilidad de la Dirección General de Seguridad Pública Municipal.
La revisión permitió documentar condiciones que la propia Comisión consideró contrarias a los derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad por faltas administrativas.
Las celdas presentaban condiciones insalubres, suciedad acumulada, falta de mantenimiento e infraestructura sanitaria inservible.
Además, la corporación municipal carecía de un médico legista que certificara el estado de salud y posibles lesiones de las personas detenidas al momento de su ingreso y salida de los separos.
La inspección también detectó fallas en la cobertura del sistema de videovigilancia, así como irregularidades en los procedimientos para calificar las faltas administrativas.
Por estos hechos, la CEDH concluyó que el Ayuntamiento de Tamasopo vulneró los derechos a la integridad personal, salud, trato digno, debido proceso y seguridad jurídica de las personas detenidas.
La resolución fue emitida en junio.
Tres meses después, tampoco aparece publicada en el portal oficial de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Procurador de Protección a la Niñez ejerció la fuerza contra un adolescente en Ébano
La séptima recomendación identificada durante la revisión corresponde a hechos ocurridos en el municipio de Ébano.
La Recomendación 07/2026, notificada el 19 de junio de 2026 al presidente municipal José Guadalupe Ordaz Cruz, responsabiliza al Ayuntamiento y señala la actuación del Procurador Municipal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, así como de dos funcionarios adscritos al Sistema Municipal DIF.
La investigación acreditó que el Procurador Municipal organizó y encabezó un operativo para retirar útiles escolares de una vivienda involucrada en un litigio relacionado con la propiedad del inmueble.
De acuerdo con la resolución, esta actuación rebasaba el ámbito de sus atribuciones.
Durante la diligencia, la situación escaló hasta derivar en una agresión física contra un adolescente.
La CEDH acreditó que el funcionario ejerció uso desproporcionado de la fuerza física al sujetar violentamente del cuello al adolescente para desalojarlo del inmueble.
El organismo concluyó que los hechos constituyeron una vulneración al derecho a la integridad personal, al principio del interés superior de la niñez y a los derechos a la legalidad y seguridad jurídica, derivada del ejercicio indebido de la función pública.
El Procurador Municipal tenía entre sus responsabilidades institucionales la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
Sin embargo, la investigación de la Comisión acreditó que ejerció violencia física contra uno de ellos.
La Recomendación 07/2026 es, hasta ahora, la última identificada durante la revisión realizada a la información disponible en la Plataforma Estatal de Transparencia y tampoco ha sido incorporada al portal oficial de la CEDH.





