Fernanda Durán
La LXIV Legislatura del Congreso del Estado recibirá este martes una iniciativa de reforma interna con la que busca crear formalmente una Unidad de Evaluación Legislativa encargada de medir el impacto de las leyes aprobadas, evaluar el desempeño legislativo y transparentar resultados a la ciudadanía de forma semestral.
La propuesta fue presentada por los diputados de Morena, Carlos Arreola Mallol, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales; y José Roberto García Castillo, presidente de la Junta de Coordinación Política. Plantea modificaciones al Reglamento del Congreso del Estado y al Reglamento Interior del Instituto de Investigaciones Legislativas para incorporar nuevas facultades de evaluación, análisis de impacto normativo y seguimiento al trabajo parlamentario.
En la exposición de motivos, los promoventes reconocen que actualmente el Congreso cuenta con un Instituto de Investigación y Evaluación Legislativa, pero admiten que sus funciones se han concentrado principalmente en “el análisis técnico y documental” y actividades académicas, sin cumplir completamente con la evaluación del impacto de las leyes aprobadas.
Incluso afirman que actualmente “no se ha dado cumplimiento total” a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Legislativo en materia de evaluación legislativa.
Uno de los cambios centrales aparece en la reforma al artículo 168 del Reglamento del Congreso, donde se redefine el papel del Instituto de Investigación y Evaluación Legislativa. La iniciativa propone que el organismo deje de enfocarse únicamente en apoyo técnico y jurídico para convertirse en un órgano especializado en evaluación legislativa, análisis de impacto y generación de información para las y los diputados.
Además, el mismo artículo incorpora formalmente una nueva “Unidad de Evaluación Legislativa”, la cual dependería directamente del Instituto junto con la biblioteca, la unidad informática y la unidad de análisis legislativo.
El artículo 168 añade nuevos objetivos para el Instituto, entre ellos “evaluar el impacto de leyes, decretos y acuerdos” y “fortalecer la calidad del proceso legislativo mediante el uso de evidencia”.
La iniciativa modifica el artículo 10 del Reglamento Interior del Instituto de Investigaciones Legislativas para establecer que quienes encabecen las áreas de evaluación, análisis e informática serán personal de confianza.
En el artículo 15 se amplían las atribuciones de la Unidad de Informática Legislativa. Actualmente sus funciones se concentran en recopilar leyes y mantener bases documentales; sin embargo, la reforma plantea que ahora adicionalmente desarrolle sistemas digitales de seguimiento legislativo, bases de datos, plataformas tecnológicas y mecanismos de parlamento abierto y datos abiertos.
Dentro de ese mismo artículo se incluye la obligación de garantizar la “trazabilidad” de iniciativas, dictámenes, decretos y acuerdos, es decir, que pueda conocerse el seguimiento y ruta de los asuntos legislativos desde que son presentados hasta su resolución.
De igual manera, el artículo 18 se modifica para ampliar las funciones de la Biblioteca del Congreso, que ya no sólo administraría archivos físicos, sino también repositorios digitales y apoyo documental especializado para investigación legislativa.
Sin embargo, el núcleo de la reforma aparece en los nuevos artículos 26 y 27, donde se crea formalmente la Unidad de Evaluación Legislativa.
El artículo 26 establece que dicha unidad tendría facultades para realizar evaluaciones del impacto de las leyes y decretos aprobados por el Congreso y hacer públicos esos resultados tanto a órganos legislativos como a la ciudadanía.
Además, la nueva unidad podría coordinarse con instituciones académicas, organismos públicos y entidades nacionales e internacionales para desarrollar evaluaciones y compartir metodologías de análisis legislativo.
Uno de los apartados más relevantes del artículo 26 es la creación de “programas semestrales de evaluación del trabajo legislativo” de diputadas y diputados, cuyos resultados tendrían que difundirse públicamente en la página oficial del Congreso del Estado.
Aunque la iniciativa no detalla indicadores específicos, el planteamiento abre la posibilidad de medir productividad legislativa, seguimiento de iniciativas, impacto normativo y desempeño parlamentario mediante mecanismos institucionales permanentes.
Por su parte, el nuevo artículo 27 fija los requisitos para encabezar la Unidad de Evaluación Legislativa. La propuesta señala que deberá contar “preferentemente” con licenciatura en ciencias sociales o áreas afines, aunque también deja abierta la posibilidad de acreditar conocimientos específicos que el propio Comité considere suficientes.
En la exposición de motivos, los promoventes sostienen que la evaluación legislativa “no debe entenderse como un mecanismo de sanción”, sino como una herramienta de mejora continua y rendición de cuentas.
Aunque los diputados afirman que la iniciativa “no implica una carga presupuestal”, el proyecto sí contempla ampliar estructuras internas y nuevas funciones técnicas dentro del Instituto de Investigaciones Legislativas.
La iniciativa será turnada a comisiones para su análisis y eventual dictaminación.
Actualmente ya existen ejercicios ciudadanos de evaluación parlamentaria, como el observatorio Congreso Calificado, que mide indicadores sobre desempeño legislativo, asistencia, productividad y transparencia; sin embargo, algunos de sus criterios y metodologías han sido cuestionados previamente por integrantes del propio Congreso local, quienes han señalado que ciertos parámetros pueden resultar subjetivos o no reflejar completamente el trabajo parlamentario.





