Insiste asesor “gallardista” en candidatura a diputado plurinominal

Impugnó ante Sala Superior del TRIFE rechazo del Ceepac, Tribunal local y Sala Regional

Eduardo Delgado

El asesor del candidato a la gubernatura de la coalición “Juntos Haremos Historia”, José Ricardo Gallardo Cardona, Héctor Serrano Cortés, recurrió a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en su afán por obtener la candidatura a diputado local por el principio de representación proporcional, postulado en el primer lugar en la lista del Partido del Trabajo (PT), posición que le garantizaría una curul en la próxima legislatura.

El pasado 21 de marzo, el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac) declaró improcedente su registro por incumplir los requisitos de elegibilidad establecidos en la Constitución local para los aspirantes a legisladores, cuya determinación fue confirmada diez días después por el Tribunal Electoral del Estado y ratificada el pasado miércoles en la Sala Regional Monterrey del Tribunal Federal.

En desacuerdo, Héctor Serrano interpuso un recurso de reconsideración ante la Sala Superior del TEPJF, instancia en la que fue registrado con la clave SUP-REC-276/2021 y asignado al magistrado presidente, José Luis Vargas Valdez, para que este estudie y proponga una propuesta de sentencia sobre el caso.

Luego de que el Ceepac le negó el registro, el asesor político de Gallardo Cardona alegó ante el tribunal local que en su caso no se le podía exigir la separación de su cargo como diputado federal, 90 días antes de la jornada electoral programada para llevarse a cabo el próximo día 6 de junio. Los magistrados confirmaron la determinación de los consejeros electorales.

Ante la Sala Regional del Tribunal Electoral Federal, con sede en Monterrey, Nuevo León, arguyó que fue hasta esa instancia que se percató que el registro le fue negado también por no cumplir el requisito de tres años de residencia efectiva, requerido a las personas no nacidas en San Luis Potosí.

Los magistrados regiomontanos desecharon ese argumento, porque -entre otras razones- el inconforme reconoció haber seguido la transmisión de la sesión del Ceepac, durante la que los integrantes de ese órgano colegiado y representantes de diversos partidos abordaron ese punto.

En su demanda ante la Sala Superior, Héctor Cortés impugnó la sentencia de la Sala Regional Monterrey dictada en el juicio ciudadano SM-JDC-186/2021, que confirmó la dictada por el Tribunal Electoral de San Luis Potosí en el expediente TESLP/JDC/59/2021, que a su vez validó el dictamen emitido el 21 de marzo por el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana.

Ello, con la pretensión de lograr la candidatura a diputaciones por el principio de representación proporcional, presentada por el Partido del Trabajo a efecto de integrar la LXIII Legislatura del Congreso del Estado, periodo constitucional 2021 – 2024.

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