Saldos de la aprobación de los programas de desarrollo urbano

Por Victoriano Martínez

Los programas de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (PMOTDU) y de Desarrollo Urbano del Centro de Población (PMDUCP), incluso ya vigentes por haber sido publicados, no sólo han comenzado a acumular recursos de inconformidad de sectores que consideran haber sido afectados, sino que comienzan a enfrentar las omisiones en que se incurrió en su preparación.

Al amparo por falta de respuesta a uno de los planteamientos en la Consulta Pública para los programas, ahora se suma le resolución del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Noveno Circuito del pasado 8 de abril en la que ordena reponer el procedimiento del incidente de violación a la suspensión de plano decretada por el Juzgado Cuarto de Distrito.

El incidente de violación se refiere a la sesión convocada por el entonces regidor Alfredo Lujambio Cataño, hoy alcalde interino, el 9 de noviembre para que las comisiones que dictaminaron los programas establecieron “la ruta crítica para la dictaminación final de los programas PROMOT y PRODESP”.

Según el acuerdo publicado el pasado martes por el Juzgado Cuarto de Distrito dentro del expediente 715/2020, los incidentes de violación a las suspensiones de amparo fueron desechados ante la promoción, por parte de la autoridad municipal, de una incidencia de declaración de cumplimiento de las medidas cautelares.

Los promotores del amparo recurrieron a la queja, que se tramitó en el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Noveno Circuito como expediente 1/2021.

El fallo del Tribunal declaró “improcedente la incidencia de declaración de cumplimiento definitivo que pretenden las autoridades responsables, porque a la fecha en que se actúa se encuentran pendientes de resolver en definitiva los incidentes de violación de la suspensión de plano hechos valer por la parte accionante del amparo”.

Al ordenar el Tribunal la reposición del procedimiento del incidente de violación, el Juez Cuarto de Distrito requirió al presidente de la Comisión Permanente de Desarrollo, Equipamiento Urbano y Catastro remita las probanzas ofrecidas por la parte quejosa sobre los hechos con los que se incurrió en la violación a la suspensión de amparo.

Entre la documentación requerida por el Juez se encuentra el Orden del Día, respecto al Oficio 2224/2020 de fecha 5 de noviembre del 2020 con el que Lujambio Cataño citó a la sesión del 9 de noviembre, que debe acompañarse con “toda la información técnica, estudios y soportes que sustenten dichos programas”.

A la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ayuntamiento le requiere el informe que “rindió con motivo de la situación que guardan diversos juicios de amparo, en los que se incluye en el que se actúa”.

El Ayuntamiento también tendrá que proporcionar al Juez el video de la sesión de fecha 9 de noviembre del año pasado, el audio, la versión estenográfica y el acta y/o minuta recabada.

El acuerdo publicado por el Juez, tras la resolución del Tribunal, exhibe la maniobra con la que las autoridades municipales evadieron la suspensión de amparo que frenaba el avance de los trabajos para concluir los programas de desarrollo urbano, con lo que alentaron la participación de los integrantes del Cabildo, pero ahora se les revierte con posibilidades de ser sancionados.

Un riesgo de sanción al que estuvieron dispuestos a exponerse para atender intereses no del todo alineados con la legalidad (violar una suspensión de amparo está fuera de la ley) y menos con intereses de sectores de la población que al sentirse afectados recurrieron a las instancias legales para ser tomados en cuenta.

Una atención a los intereses de la ciudad con un sesgo que favorece a los sectores a los que el pasado 3 de mayo presentaron, cual ofrendas, los programas de desarrollo urbano: “al Gobierno del Estado, a las dependencias e instituciones relacionadas”, señala el comunicado oficial.

Un sesgo que revela para quién se trabajó en la elaboración de los programas, y no precisamente para el interés general. La respuesta que dio Lujambio Cataño en el programa Libertad de Opinión el miércoles a Lupillo González, cuando éste comentó que había presiones de constructores y desarrolladores inmobiliarios, resulta reveladora:

“Había mucha presión, exactamente, porque ya la construcción, la agenda de todos los desarrolladores de vivienda, ya tenía una visión adelantada, y querían que se les autorizara conforme a una nueva visión, pero que todavía no era legal”, dijo Lujambio Cataño.

Publicados los programas PMOTDU y PMODUCP en el Periódico Oficial del Estado la adelantada visión de los desarrolladores inmobiliarios aparece tan legal que, tan adelantados como suelen ser, desde semanas antes de la entrada en vigencia de los programas comenzaron a delimitar el territorio que, por ahora, podrán depredar en la Sierra de San Miguelito.

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