“¡Viva la autonomía!”

Por Victoriano Martínez

El Congreso del Estado perdió dos de las 48 facultades que le otorga la Constitución Política del Estado en tanto que el Ayuntamiento de San Luis Potosí se libró de una limitante para disponer de sus bienes y celebrar actos o contratos que comprometan los servicios públicos municipales, de acuerdo con la resolución que emitió este jueves la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

En principio, las dos facultades las perdió el Poder Legislativo ante el ayuntamiento capitalino, pero la SCJN también le ordenó legislar, en seis meses, para eliminarlas, de tal manera que esas facultades desaparezcan por completo, así como la intervención en los actos y contratos de los ayuntamientos, para todos los municipios del Estado.

Tras un debate de casi una hora, los magistrados de la SCJN concluyeron su resolución en la que destacan los resolutivos segundo y tercero.

“Segundo. Se declara la invalidez de las fracciones XXXI y XXXII del Artículo 57, así como del párrafo primero del Artículo 115, ambos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, en los términos del considerando octavo de esta ejecutoria y se ordena al Poder Legislativo de ese Estado legislar en los términos indicados en el apartado noveno de este fallo.

“Tercero. Las declaraciones de invalidez decretadas en este fallo surtirán sus efectos para el municipio actor a partir de la notificación de los puntos resolutivos de esta sentencia al Congreso del Estado de San Luis Potosí”, leyó el secretario de la SCJN al concluir la votación en la que la determinación se tomó por unanimidad, con un voto concurrente.

Al final, los magistrados acordaron otorgar un plazo de seis meses al Congreso del Estado de San Luis Potosí para las modificaciones a la Constitución local que, explicaron, servirá para que los efectos que en principio sólo aplicarán a la capital, tengan carácter general para los 58 ayuntamientos.

“Una gran victoria municipalista. ¡ Viva la autonomía !”, tuiteó el alcalde Xavier Nava Palacios.

Una victoria que consistió en hacer valer una facultad que indebidamente mantuvo el Congreso del Estado desde diciembre de 1999, cuando la reforma al artículo 115 de la Constitución General de la República incluyó un transitorio para que en un año se eliminaran esas facultades del Poder Legislativo local. Desde diciembre del año 2000 debieron eliminar esas disposiciones.

La LXII Legislatura sería la octava que pasaría sin que se cubriera esa omisión y ahora le tocará subsanarla, con lo que ya acumula seis casos en los que la SCJN declara inconstitucionales disposiciones locales que los actuales diputados tendrán que corregir.

Una autonomía en una materia que, en las últimas administraciones municipales de la capital, cuenta con precedentes sobre los riesgos que puede representar tanto para el patrimonio municipal como para la atención equitativa de los servicios públicos.

En cuanto a los bienes inmuebles del Ayuntamiento, en 2009 el alcalde Jorge Lozano Armengol promovió la controversia constitucional 50/2009 con argumentos similares a la controversia ahora resuelta por la SCJN, aunque para invalidar el decreto 664 que emitió la LVIII Legislatura el 7 de abril de 2009, sobre una pretendida enajenación de 20 inmuebles en subasta pública.

Victoria Labastida, en su administración, fue quien finalmente aprovechó aquella gestión ante la SCJN y vendió 15 predios municipales, entre los que destacó el caso de Monterra, con la adjudicación irregular de 20 hectáreas al Grupo Constructor Iscamapi, con excesivas facilidades; tanto, Mario García Valdez, al iniciar su administración aseguró que ya había terminado de pagar el predio.

En la relación de pagos realizados por Iscamapi aparece un mismo día, el 15 de agosto de 2012 (fecha límite), que la compradora extendió 14 cheques a favor del municipio, que sumaban 84 millones 155 mil 850 pesos, por lo que habría quedado un saldo pendiente de 4 millones de pesos que ya no pagó.

En cuanto a los servicios municipales, el 23 de diciembre de 2008 el Cabildo encabezado por Jorge Lozano Armengol autorizó una concesión del servicio de agua potable a la empresa Aguas del Poniente que abarca las colonias de la zona del Tecnológico de Monterrey que desde entonces opera sin la intervención del Congreso del Estado por un amparo similar promovido por la empresa.

Desde entonces, y a tres años de vencer el plazo de la concesión, el servicio de agua potable en esa zona de la ciudad lo presta esa compañía sin que se haya firmado el contrato de concesión y sin que el Ayuntamiento reciba contraprestación alguna. Al menos no se tiene conocimiento de que se haya registrado ese ingreso.

“¡Viva la autonomía!”. Sin duda. Pero un mayor poder conlleva una mayor responsabilidad, y ahora será en los integrantes del Cabildo en quienes recaerá la obligación de prevenir daños al patrimonio municipal y mutilaciones a la prestación de los servicios públicos como los aquí mencionados como muestra de los que en las últimas administraciones se han dado.

Redes Sociales

Noticias por WhatsApp

Recibe nuestras notas directo en tu WhatsApp

Notas Relacionadas

Más Vistas

Skip to content