Tribunal de caso Alejandro N., la hora de las definiciones

Por Victoriano Martínez

El desenlace del juicio en contra de Alejandro N., exfuncionario del DIF estatal acusado de violación agravada en contra de un menor de edad bajo protección institucional, está tan cerca que podría ocurrir hoy, tras el testimonio del imputado, los alegatos finales y el pronunciamiento de la sentencia.

El juicio se abrió formalmente el 4 de julio, tras el aplazamiento de un mes y dos días por haber sido convocado con insuficiente anticipación para que la representación de la víctima cumpliera los protocolos necesarios para participar, aunque en los hechos se aplazó porque el abogado de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas (CEEAV) tenía que estudiar el caso.

Si en su vida personal, la víctima ha padecido una cadena de agravios por parte de la vida institucionalizada que le ha tocado por su circunstancia familiar, ahora en las 17 audiencias realizadas en los últimos 99 días el propio Tribunal de Enjuiciamiento Colegiado ha antepuesto sus propios intereses y compromisos al interés superior de la niñez.

Por si no fuera suficiente la cadena de agravios contra la víctima, el Tribunal toleró una ruda cadena de embates contra la dignidad de la víctima enfocada a desacreditar su denuncia por su historia familiar al grado prácticamente de responsabilizarlo por lo que le pasó. Dio la apariencia de que se pretendió dejar como justiciable a la víctima y no al victimario.

Un aspecto que contrasta con los elementos para juzgar a Alejandro N. a quien, por la vía de amparo, se estableció que sólo se consideraran los hechos del 14 de octubre de 2019, motivo de la denuncia, y se ignoraran todos los antecedentes de la relación víctima-victimario, como si no tuvieran relación con el hecho.

Una circunstancia que colocó a la defensa de Alejandro N. en la ventaja de enfocarse en desacreditar a la víctima por sus antecedentes, en tanto que sobre su defendido se centró en buscar acreditar que el día y hora de los hechos no se encontraba en el lugar, con dudosos testimonios de peritos en geolocalización.

Un caso de falso testimonio ante el que los integrantes del Tribunal denegaron la solicitud de la Fiscalía Especializada en Delitos Sexuales para que admitiera el testimonio de un experto en telecomunicaciones, que serviría para refutar el argumento de la defensa.

Una cadena de indicios que abren a la sospecha de una parcialidad de los jueces Francisco Pablo Alvarado Silva, Carlos Alberto Ávalos Hernández y Javier Pérez Contreras, de entre quienes los dos mencionados primero apenas llevan nueve meses de haber sido nombrados y están en espera de ser ratificados.

Una ratificación pendiente que, desde la perspectiva de organismos internacionales de derechos humanos, los coloca en una situación que vulnera su independencia en el ejercicio de su función.

Un contraste en el trato a la defensa de Alejandro N. y las consideraciones para la víctima dejó dos expresiones muy significativas: “no hay preguntas, su señoría”, cuando sustituyeron al abogado de la CEEAV y dejó el campo libre a defensores del imputado, y la expresión de Alejandro N. “yo quiero estar fuera de este lugar”, cuando lo sorprendió un aplazamiento que no pareció ser pactado.

Con la de hoy se cumplirán 18 audiencias de un juicio que ha dejado en su desarrollo indicios de actitudes del Tribunal con tendencia favorable a Alejandro N. que están marcadas por el antecedente de otros indicios que apuntan a formas de clasismo que buscan orientar la aplicación de la justicia.

El Tribunal de Enjuiciamiento Colegiado llega así al final del juicio contra Alejandro N. prácticamente con la disyuntiva de atender el interés de la víctima o sumarse a la inercia de agresiones institucionales que ya ha padecido, al grado de volverlo más justiciable que su agresor.

La antesala del juicio que no sólo pone a prueba a los tres integrantes del Tribunal, sino que además mostrará el compromiso del nuevo representante en suplencia de la víctima por parte de la Procuraduría de Protección a Niñas, Niños y Adolescentes (PPNNA), después de haber despedido a quien hasta hace tres semanas a quien lo representó durante todo el juicio.

¿Formarán parte de los alegatos por parte del representante en suplencia de la víctima por la PPNNA todas las posturas que haya solicitado la víctima, así haya sido de manera verbal o hasta por escrito? Una cuestión que dejará en claro el compromiso institucional de la PPNNA con una víctima a la que, hasta ahora, se ve obligada a ser parte de un juicio porque en toda su vida no la han sabido proteger.

Una sentencia que Alvarado Silva, Ávalos Hernández y Pérez Contreras tendrán que argumentar de manera muy sólida y convincente porque su contenido tendrá que estar publicado en los próximos días en la Plataforma Estatal de Transparencia (artículo 87 fracción III) y en el Sistema de Sentencias del Poder Judicial como instrumento de estudio para investigadores, medios y público en general.

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